Transcript
Servicio
de Evaluación
Ambiental
Gobierno de Chite
1 L 1 Q f) q
OF. ORD. D.E.: N°
^ *X °U ** /
ANT.i: Oficio N° 34, de 11 de julio de 2014,
de la Comisión de Medio Ambiente y
Recursos Naturales de la Cámara de
Diputados.
MAT.: Responde consulta que indica.
SANTIAGO,
A
:
H. DIPUTADO SR. ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE
:
DIRECTOR EJECUTIVO (PT)
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
O 7 AGO. 2014
Por el presente, en respuesta a su Oficio del ANT., referente al proyecto Minera Verde de la
empresa Copper Bay Ltda., en lo que compete a este Servicio, informo al tenor de lo siguiente:
1°
Con fecha 24 de junio de 2014, el Sr. Juan Pasten Castillo, en representación de la empresa
Minera Playa Verde Ltda. presentó ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región
de Atacama una consulta de pertinencia de ingreso del proyecto "Campaña de Sondaje Playa
Grande Chañaral" al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en virtud de los
dispuesto en el artículo 26 del D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente,
Reglamento del SEIA.
2°
De la revisión de los antecedentes legales presentados junto a la solicitud indicada en el
punto anterior, se desprende que el Sr. Juan Pasten Castillo en representación de Copper Bay Chile
Ltda. y el Sr. Francisco Saavedra Galleguillos, en representación de la empresa Copper Bay
Limited, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es Minera Playa
Verde Ltda., quien finalmente realiza la consulta de pertinencia de ingreso del proyecto al SEIA.
3°
De acuerdo a lo indicado por el solicitante, se tuvieron en consideración los siguientes
antecedentes del proyecto:
3.1. Éste tendría su locación en Playa Grande de Chañaral, Bahía de Chañaral, comuna y Provincia
de Chañaral, Región de Atacama.
3.2. Consiste en una campaña de 120 sondajes, de profundidad promedio de 10 metros y 77 mm de
diámetro en la capa de relaves mineros que conforman la playa de Chañaral (playa Grande de
Chañaral), en una superficie aproximada de 4,3 km de largo por 1,2 km de ancho. Para la
realización de los sondajes, el proponente del proyecto contempla utilizar tecnología sónica, por lo
que se utilizará solo una perforadora, la cual no requerirá la construcción de plataformas. Indica que
el proceso no utilizará fluidos de perforación, las perforaciones no emitirán emisiones de material
particulado y no generará residuos de perforación, ya que todo el material extraído se aprovechará
como muestra. Se estima realizar 3 a 4 sondajes por día, considerando un período máximo de 60
días para la ejecución completa de la campaña de prospección.
4°
Para efectos de determinar un posible sometimiento del proyecto al SEIA se analizó en
particular la tipología de ingreso contemplada en la letra i) del artículo 10 la Ley N° 19.300, sobre
Bases Generales del Medio Ambiente, precisada en la letra i.2 del Reglamento del SEIA, la que
señala que "Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con
posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas,
asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero,
necesarias para la caracterización requerida y con el fin de establecer los planes mineros en los
cuales se base la explotación programada de un yacimiento, que consideren cuarenta (40) o más
plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota
a la Región de Coquimbo, o veinte (20) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes,
tratándose de las Regiones de Valparaíso a la Región de Magallanes y Antartica Chilena, incluida
la Región Metropolitana de Santiago. Se entenderá por exploraciones al conjunto de obras y
acciones conducentes al descubrimiento, caracterización, delimitación y estimación del potencial
de una concentración de sustancias minerales, que eventualmente pudieren dar origen a un
proyecto de desarrollo minero, que consideren menos plataformas que las indicadas en el inciso
anterior, según las regiones respectivas ".
En base a los antecedentes aportados por el requirente es posible concluir que, de acuerdo a la
naturaleza y características del proyecto en cuestión, éste no requiere de plataformas en la
realización de los sondajes, por lo tanto, no se enmarca dentro de la disposición legal transcrita.
Además, se descartó la posible aplicación al proyecto de la letra p) del artículo 10 de Ley N°
19.300, que establece deberá someterse a evaluación ambiental la "Ejecución de obras, programas
o actividades en parque nacionales (...) ", por encontrarse emplazado aproximadamente a 12 km del
Parque Nacional Pan de Azúcar.
5°
Examinados los antecedentes expuestos, la Dirección Regional del SEA de la Región de
Atacama, mediante Resolución Exente N°146, de 7 de julio de 2014, determinó que el proyecto
"Campaña de Sondaje Playa Grande Chañaral" no se encuentra obligado a ingresar al SEIA de
forma previa a su ejecución, por no corresponder a aquellos contenidos en el listado del artículo 10
de la Ley N° 19.300 y precisados en el artículo 3° del Reglamento del SEIA.
Sin otro particular le saluda atentañsente,
TAL
Adj.:
Copia de la Res. Ex. N° 146/2014, del Servicio de Evaluación Ambiental de la legión Atacama.
Copia de la consulta de pertinencia de ingreso al SEIA del proyecto "Campaña e Sondaje Playa Grande Chañaral'1
C.C.
Dirección Ejecutiva, SEA.
División Jurídica, SEA.
Of. de Partes, SEA.
RESOLUCIÓN EXENTA:
46
MAT: RESUELVE SOBRE CONSULTA PERTINENCIA DE
INGRESO AL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL DEL PROYECTO QUE INDICA.
Copiapó,
O ? JÜL 20U
VISTOS:
1. Lo dispuesto en artículo 19 N°14 de la Constitución Política de la República de Chile, sobre el derecho de
petición.
2. Ley N2 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Ley N9 19.300), publicada en el Diario Oficial
el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417 y del D.S. NS 40/12, del Ministerio del Medio
Ambiente, que Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el
Diario Oficial el 12 de agosto de 2013; La Resolución NS 1600 de la Contraloría General de la República,
que fija las normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; La Ley NS 19.880, que establece las
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado y el DFL NS 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N9 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3. Lo dispuesto en Dictamen de la Contraloría General de la República, N° 7.620 de fecha 01 de febrero de
2013.
4. Lo establecido por instructivo N°131456 de fecha 12 de septiembre de 2013.
5. La solicitud de consulta de pertinencia de ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental
ingresada al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, por el Sr. Juan Pasten Castillo, con
fecha 24.06.14, en relación al proyecto denominado "Campaña de Sondaje Playa Grande Chañaral",
ubicado en la Playa Grande de Chañaral, Bahia de Chañaral, Comuna y Provincia de Chañaral, Región de
Atacama.
6. Los demás antecedentes ingresados por el proponente junto a la solicitud de pertinencia de evaluación
de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
CONSIDERANDO:
1. Que, de acuerdo a lo establecido por instructivo N° 131456 de fecha 12 de septiembre de 2013, la
Consulta de Pertinencia, es aquella petición de un proponente, dirigida al Director Regional del SEA,
mediante la cual se solicita un pronunciamiento sobre si, en base a los antecedentes proporcionados al
efecto, la ejecución de un proyecto o actividad o su modificación, debe someterse al SEIA. Y, se
entenderá por Proponente, a la persona que, pretendiendo ejecutar un proyecto o actividad, efectúa
una consulta de pertinencia a fin de obtener un pronunciamiento sobre si, en base a los antecedentes
proporcionados al efecto, la ejecución de un proyecto o actividad o su modificación, debe someterse al
SEIA.
2. Que, de acuerdo a las indicaciones contenidas en instructivo N°131456 de fecha 12 de septiembre de
2013, tendrán el carácter de consulta de pertinencia y, en consecuencia, serán tramitadas conforme al
procedimiento establecido para tal efecto, aquellas, que proporcionen la siguiente información:
2.1 Antecedentes del proponente o responsable de la consulta: Identificación del proponente del
Proyecto o actividad o de la persona que en su nombre realiza la consulta de pertinencia;
Individualizar su nombre y RUT, en caso de ser persona jurídica deberán acompañarse los
antecedentes legales que acrediten la vigencia de la persona jurídica y de la personería de su
representante legal. Datos de contacto para el envío de la respuesta (dirección, correo electrónico,
teléfono contacto).
2.2 Antecedentes del Provecto o Actividad: Descripción de la actividad o proyecto, indicando si
pertenece al sector o rubro agrícola, industrial, minero, entre otros; indicar las principales obras y
acciones para cada una de las etapas (construcción, operación y cierre); Lugar donde se ejecutará el
proyecto o actividad, (comuna(s), provincia(s), región(es) y coordenadas geográficas (notación
decimal) o UTM, huso 18 o 19, según corresponda, ambas en Datum WGS 84 y plano general de
emplazamiento, indicando la referencia utilizada); características generales del proyecto o actividad
y sus cualidades específicas, según las posibles tipologías aplicables del artículo 10 de la Ley N°
19.300 en que podría ser subsumido; Superficie del predio en el que se ubicará el proyecto o
actividad; Superficie que será intervenida; en caso que corresponda, número de estacionamientos
que poseerá; Indicar si se intervendrán caminos viales; en caso que corresponda, la potencia total,
expresada en Kilovoltios que poseerá (debe ser la suma total de todas las fuentes de energía que se
utilizarán); Si incluye explotación y/o cultivo de recursos bióticos indicar superficies y/o cantidades
involucradas; En caso que corresponda, materias primas que se almacenarán y la cantidad mensual
que se manejará; Identificación de residuos que se generarán del proceso a realizar, cantidad
mensual a generar y manejo asociado; En caso que involucre producción, almacenamiento,
transporte, disposición o reutilización de residuos o sustancias peligrosas, indicar clasificación del
residuo, sustancia, cantidades y tiempo considerados; En caso de contemplar alcantarillado y agua
potable indicar si son soluciones propias, se conectarán al sistema público o descargarán en cursos
superficiales. El proponente deberá señalar si el proyecto o actividad considera la ejecución de
obras, programas o actividades en áreas colocadas bajo protección oficial, Plano de detalle (layout),
georeferenciado a escala 1:1.000, o superior, si lo justifica el proyecto o actividad, en este plano
indicar; deslindes de la propiedad, demarcación de instalaciones existentes, y de la a ejecutar,
cuadro de superficies y/o volúmenes, según corresponda, del predio en el que se ejecutará el
proyecto y la que será intervenida asociado a obras y/o acciones.
3. Que, de acuerdo a los antecedentes proporcionados por Sr. Juan Pasten Castillo, en representación de
Minera Playa Verde Ltda., con fecha 24.06.14, en relación al proyecto denominado "Campaña de
Sondaje Playa Grande Chañara!", ubicado en la Playa Grande de Chañaral, Bahia de Chañaral, comuna y
Provincia de Chañaral, Región de Atacama. El proyecto consiste en una Campaña de Sondajes, en la que
se ejecutaran 120 sondajes de profundidad promedio de 10 metros y 77 mm de diámetro en la capa de
relaves mineros que conforman la playa de Chañaral (playa Grande de Chañaral), en una superficie
aproximada de 4,3 km de lardo por 1,2 km de ancho.
Para la realización de los sondajes el proyecto contempla utilizar tecnología sónica, por lo que se utilizara
solo una perforadora, la cual no requerirá la construcción de plataformas. El proceso, no utilizará fluidos
de perforación, las perforaciones no emitirán emisiones de material particulado y no generara residuos
de perforación, ya que todo el material extraído se aprovechara como muestra. Se estima realizar 3 a 4
sondajes por día, considerando un periodo máximo de 60 días para la ejecución completa de la campaña
de prospección.
4. Que, la respuesta al objeto de consulta, constituye un acto administrativo, de conformidad a los
establecido en el artículo 3° inciso 6° de la Ley N° 19.880, que se traduce en un dictamen o declaración
de juicio, constancia o conocimiento, el cual, sobre la base de los antecedentes que han sido
proporcionados por el proponente, da cuenta de una opinión respecto si la ejecución de un proyecto o
actividad o su modificación debe someterse de manera previa y obligatoria al SEIA.
5. Que, con el propósito de evaluar la pertinencia de ingreso del proyecto descrito en considerando tercero
del presente acto y, determinar la consecuente subsunción en alguna de las tipologías contenidas en el
artículo 10 de la Ley N° 19.300, es dable indicar que según las características generales y cualidades
específicas del proyecto, objeto de requerimiento de opinión, resulta aplicable la revisión de las
especificaciones estatuidas en el literal i) del artículo 10 de la aludida norma, el que señala: "los
Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las
prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la
extracción industrial de áridos, turba o greda". Esto en relación a lo dispuesto en el literal i del artículo 3
del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que establece que ingresarán "los
proyectos comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de
residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda, específicamente en el
literal ¡.2. Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con
posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas,
asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero, necesarias
para la caracterización requerida y con el fin de establecer líos planes mineros en los cuales se base la
explotación programada de un yacimiento, que consideren cuarenta (40) o más plataformas, incluyendo
sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo, o
veinte (20) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de
Valparaíso a la Región de Magallanes y Antartica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago.
Se entenderá por exploraciones al conjunto de obras y acciones conducentes al descubrimiento,
caracterización, delimitación y estimación del potencial de una concentración de sustancias minerale4
que eventualmente pudieren dar origen a un proyecto de desarrollo minero, quo consideren menos
plataformas que las indicadas en el inciso anterior, según las regiones respectivas.
6. Que, sumado a lo anterior, para la realización del respectivo análisis, se ha tenido a la vista las
consideraciones e indicaciones descritas por instructivo N°131456, de fecha 12 de septiembre de 2013,
en lo que corresponda.
7. Que, al examinar los antecedentes debidamente presentados y expuestos, es dable concluir que el
proyecto no se enmarca dentro de aquellos contenidos en el artículo 10 de la Ley N° 19.300 por lo que
no debe ingresar de forma previa y obligatoria al sistema de evaluación de impacto ambiental.
8. Que, atendido el mérito de los antecedentes proporcionados y argumentos esgrimidos,
RESUELVO:
1. Que, el proyecto denominado "Campaña de Sondaje Playa Grande Chañaral", ubicado en la Playa
Grande de Chañaral, Bahía de Chañaral, comuna y Provincia de Chañaral, Región de Atacama, descrito en
carta de consulta ingresada con fecha 24.06.14 al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, Región
de Atacama, de acuerdo al mérito de los antecedentes proporcionados, no se encuentra obligado a
ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por no corresponder su proyecto a aquellos
contenidos en listado del artículo 10 de la Ley N° 19.300.
2. Que, sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, el proponente del proyecto, deberá dar cumplimiento
irrestricto a la normativa ambiental vigente para la realización de cualquiera de las fases que contemple
el proyecto.
3. Que, este pronunciamiento ha sido elaborado sobre la base de los antecedentes proporcionados por Ud.,
cuya veracidad es de su exclusiva responsabilidad y en ningún caso lo exime del cumplimiento de la
normativa ambiental aplicable al Proyecto, ni de la solicitud y obtención de las autorizaciones sectoriales
necesarias para su ejecución. Cabe señalar, además, que el presente pronunciamiento no obsta al
ejercicio por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente de su facultad de requerir el ingreso del
Proyecto al SEIA en su caso, conforme a lo establecido en su Ley Orgánica si así correspondiera.
4. Que, en el evento de que las características del proyecto materia de consulta sean modificadas, el
peticionario deberá someterlos a una nueva consulta de pertinencia ante el Servicio de Evaluación
Ambiental.
5. Publíquese en el Repositorio de Pertinencias de la Página web del Servicio de Evaluación Ambiental.
6. Que, en estricta observancia del dictamen del Órgano Contralor, hacer presente que procede en contra
de ésta resolución, los recursos administrativos de reposición y jerárquico, conforme lo dispone el
artículo 59 de la Ley N° 19.880, sin perjuicio de las demás formas de revisión de los actos administrativos
que procedan.
7. Molifiqúese el presente acto por carta certificada al Sr. Juan Pasten Castillo, con domicilio indicado para
tales efectos en Ebro 2740, Oficina 602- 603, Las Condes, región Metropolitana.
ANÓTESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE
r I
ÍÓNÍCA OSSANDÓN PIZARRO
/TORA (S) REGIONAL
ÍE EVALUACIÓN AMBIENTAL
LEGIÓN DE ATACAMA
DISTRIBUCIÓN:
Sr. Juan Pasten Castillo
Ce:
Superintendencia de Medio Ambiente (c.i.)
Archivo
L ' PlayaVerde
Santiago, Junio 24 de 2014
Sra. Verónica Ossandón
Directora Regional del SEA Atacama
Yerbas Buenas 295
Copiapó
RE:
Consulta de Pertinencia - "Campaña de Sondajes Plava Grande Chañaral"
Minera Plava Verde Ltda.
Estimada Sra. Directora:
La presente tiene por objeto presentar los antecedentes relativos a la Consulta de
Pertinencia correspondiente a nuestro proyecto "Campaña de Sondajes Playa Grande
Chañaral", a fin de que el SEA Atacama tome conocimiento de ello y se pronuncie sobre
la consulta en cuestión.
En espera de su pronta respuesta, le saluda muy atentamente,
Juar Pasten Castillo
Gerente General y Representante Legal
MINERA PLAYA VERDE LTDA.
JPC/pdls
Adj.: Antecedentes señalados
ARCADIS CHILE
CAMPAÑA DE SONDAJES CORTOS EN PLAYA GRANDE DE CHAÑARAL
CONSULTA DE PERTINENCIA DE INGRESO
AL SEIA
Informe preparado para: Minera Playa Verde Ltda
Junio, 2014
P-4269
Esta obra está protegida por la Ley 17.336
sobre propiedad intelectual
ARCADIS
PROYECTO N° 4269
Infrasmicrure Water f-.nvironment Buildmgs
MINERA PLAYA VERDE LTDA.
CAMPAÑA DE SONDAJES CORTOS EN PLAYA GRANDE
DE CHAÑARAL
N° 4269-0000-MA-INF-001 O
CONSULTA DE PERTINENCIA DE INGRESO AL SEIA
CLIEKTE
Ejecutor
Revisor
Aprobación
V.Hernández
J. Herrera
P.Vergara
A. Llenas
19.05.14
26.05.14
03.06.14
P.Vergara
E. Astorga
A. Llenas
09.06.14
11.06.14
12.06.14
V. Hernández
E.Astorga
J. Herrera
A. Llenas
Fecha
16.06.14
16.06.14
16.06.14
Nombre
Firma
V.Hernández
P.Vergara
J. Herrera
A. Llenas
Fecha
18.06.14
19.06.14
20.06.14
REV.
A
Nombre
Firma
Fecha
B
Nombre
Firma
Fecha
C
0
Nombre
Firma
DESCRIPCIÓN
Coordinación Interna
Revisión y Aprobación Cliente
ARCADIS Chile
Antonio Varas 621, Providencia. Santiago
Teléfono: +56 022 381 6000
Fax: +56 022 381 6001
CP: 750 0966
www.arcadis.cl
Revisión y Aprobación Cliente
Aprobado por el Cliente
F-GOP-INE-002-02
Formato de Documento de Proyecto
Gerencia de Ingeniería
Versión 11 09 de Diciembre de 2013
ARCADIS CHILE
Minera Playa Verde Ltda.
CAMPAÑA DE SONDAJES CORTOS EN PLAYA GRANDE DE
CHAÑARAL
CONSULTA DE PERTINENCIA DE INGRESO AL SEIA
ÍNDICE
1
INTRODUCCIÓN
4
2
ANTECEDENTES DEL PROPONENTE
6
3
ANTECEDENTES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD "
3.1
LUGAR DONDE SE EJECUTARÁ EL PROYECTO O ACTIVIDAD
3.1.1
Generalidades
3.2
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INDICANDO LAS
PRINCIPALES OBRAS Y ACCIONES PARA CADA UNA DE LAS ETAPAS
(CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y CIERRE), SI CORRESPONDIENSE
3.2.1
Descripción de la Actividad de Sondajes
3.2.1.1 Metodología de la Actividad de Sondajes
3.2.1.2 Superficie a Utilizar
3.2.1.3 Equipos
3.2.1.4 Mano de Obra
3.2.1.5 Duración de las actividades
3.2.1.6 Insumos y servicios necesarios para la actividad
3.2.1.7 Transporte de equipos e insumos
3.2.1.8 Manejo de Residuos líquidos y sólidos
3.2.1.9 Emisiones a la atmósfera
3.2.1.10 Instalación de Faenas
3.2.1.11 Cierre de Actividades de Sondaje
3.2.2
Antecedentes del área
3.2.3
Fauna
3.2.4
Vegetación
3.2.5
Usos del territorio y percepción social
3.2.6
Presencia de áreas protegidas
7
7
7
9
9
9
10
11
12
12
12
14
15
15
15
15
16
16
17
18
18
ANÁLISIS DE PERTINENCIA
19
4
LISTADO DE ANEXOS
Anexo A
Antecedentes Legales del Proponente
Anexo B
Láminas
Anexo C
Antecedentes Técnicos de la Perforación Sónica
Anexo D
Localización Sondajes
4269-0000-MA-INF-001_0
Consulta de pertinencia de ingreso al seia
jun¡0> 2014
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Minera Playa Verde Ltda.
O ARCADIS CHILE
LISTADO DE TABLAS DENTRO DEL TEXTO
Tabla 3-1: Fasesy N° de Sondajes
12
Tabla 3-2: Resultados analíticos muestras de agua del! Río Salado
16
LISTADO DE FIGURAS
Figura 1-1: Localizadón General del área del proyecto
4
Figura 3-1: Localizadón Sondajes
8
Figura 3-2: Acceso al Área de Sondajes
14
Figura 3-3: Pisos Vegetacionales (Luebert y Pliscoff, 2008)
17
LISTADO DE FOTOGRAFÍAS
Fotografía 3-1: Perforadora Sonic Drill y equipos de apoyo en El Abra
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Consulta de pertinencia de ingreso al seia
11
. Junio- 2014
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Minera Playa Verde Ltda.
1
ARCADIS CHILE
INTRODUCCIÓN
La actividad que se somete a consulta de pertinencia a través del presente documento,
corresponde a una "Campaña de Sondajes Cortos" consiste en la ejecución de 120 sondajes
de profundidad promedio 10 metros y 77 mm de diámetro en la capa de relaves mineros que
conforman la playa de Chañara! (playa Grande de Chañaral), en una superficie aproximada
de 4,3 km de largo por 1,2 km de ancho.
Estos relaves, procedentes de procesos de flotación de cobre de la explotación minera,
llegaron durante décadas a la bahía de Chañaral después de fluir más de 100 kilómetros a lo
largo del Río Salado, y por la acción propia de la dinámica costera río - litoral, fueron
acumulándose en el borde costero, formando una plataforma de playa, cambiando en
consecuencia la geomorfología y composición original. Este material es el que se encuentra
actualmente en las capas superiores del material del fondo marino y sedimentos de la playa
de Chañaral.
La Figura 1-1 muestra una localización general del área donde se desarrollarán las
actividades de sondajes.
Figura 1-1: Localización General del área del proyecto.
4269-0000-MA-INF-001_0
Consulta de pertinencia de ingreso al seia
Junio, 2014
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Minera Playa Verde Ltda.
ARCADIS CHILF
La Municipalidad de Chañaral cuenta, desde abril de 2004, con una Concesión Marítima que
abarca todo el sector ocupado por el relave, en general, desde la actual línea de alta marea
hacia el Este, donde se ubicaba la original línea de alta marea. Esta concesión le fue
otorgada a la Municipalidad con el objetivo de desarrollar un proyecto recreativo y turístico en
la playa; sin embargo el proyecto no pudo ser llevadlo a cabo, debido a la toxicidad de la
arena (antiguo relave). En la actualidad, esta playa no esta autorizada para el uso recreativo
de bañistas, y tampoco existen estudios medio ambientales que corroboren o estimen la
condición medio ambiental, concentraciones de metales pesados por ejemplo, presente en el
relave depositado en la playa de Chañaral. El Comité Regional del Medio Ambiente estimó
un costo de 500 millones de USD a principios de 1990 para eliminar los viejos residuos de la
playa y la bahía de Chañaral.
Con base en la información histórica disponible, Compañía Minera Playa Verde (Titular del
Proyecto "Campaña de Sondajes Cortos"), estima que aproximadamente 60 millones de
toneladas (Mt) de antiguos relaves se encuentran dispuestas en la playa, y otras 70 Mt sobre
el lecho marino, cuyo contenido en cobre y otros metales lo hacen atractivo desde el punto
de vista comercial. Debido a lo anterior, se pretende extraer y tratar el relave generado y
dispuesto históricamente en la playa de Chañaral. El resultado de este proceso serán
metales y compuestos extraídos de sus sulfuros y óxidos de cobre, permitiendo que la arena
tratada sea dispuesta en los sitios adecuados a su calidad medio-ambiental después del
proceso metalúrgico, como por ejemplo reconstruyendo la playa de forma segura, en su
mayor parte, y los residuos que representen riesgos ambientales ser enviados a depósitos de
relaves que cumplan con las disposiciones actuales que los regulan.
El proyecto de desarrollo minero, requiere de una campaña de sondajes cortos exploratorios
cuyo objetivo es, por un lado, caracterizar el relave desde el punto de vista mineralógico con
fines de definir procesos metalúrgicos factibles para su explotación y, por otro, caracterizar el
relave desde el punto de vista ambiental y determinar con ello, objetivos viables de mejora
ambiental para la playa. De esta forma, la campaña de sondajes, objetivo de la consulta, es
imprescindible para aportar la información fundamental que sustente los pasos siguientes de
la iniciativa, esto es lo relacionado con el diseño confiable de los procesos conducentes a
hacer factible los objetivos del proyecto final, en un adecuado balance técnico, ambiental y
económico-financiero
De acuerdo al ORD N°131456/2013 del Servicio de Evaluación Ambiental, el cual imparte
instrucciones sobre las consultas de pertinencia al ingreso al Sistema de Evaluación de
impacto ambiental (SEIA), es que presentamos a continuación la consulta al servicio
competente, entregando la información necesaria de la campaña de sondajes, para evaluar
en el mérito de los antecedentes expuestos, si corresponde o no su ingreso al SEIA. No
obstante ello, de acuerdo a los antecedentes que se exponen, el Titular ha llegado a la
conclusión de que esta campaña de sondajes cortos, no constituye una de las actividades u
obras señaladas en el articulo 3 del RSEIA y además su ejecución no genera efectos
significativos al medio ambiente.
4269-0000-MA-INF-001J)
Consulta de pertinencia de ingreso al seia
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Minera Playa Verde Ltda.
2
ARCADIS CHILE
ANTECEDENTES DEL PROPONENTE
Empresa
Nombre
RUT
Domicilio
Teléfono
Correo Electrónico:
Minera Playa Verde Ltda.
76.172.629-3
Marchant Pereira N° 650, Providencia, Región Metropolitana, Chile
(56-02) 24965900
[email protected]:
[email protected]
Representante Legal
Nombre
Nacionalidad
Profesión
RUT
Domicilio
Teléfono
Teléfono Móvil
Correo Electrónico:
Juan Heriberto Pasten Castillo
Chileno
Ingeniero Civil de Minas
4.577.578-K
Ebro 2740, Oficina 602 - 603, Las Condes, Región Metropolitana, Chile
(56 - 02) 23354045
(56-9)98710702
[email protected]:
[email protected]:
[email protected]
En carta conductora se adjunta la documentación legal que acredita que esta presentación
se hace por persona facultada legalmente para tal efecto.
Los antecedentes legales del proponente se presentan en Anexo A.
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3
ÜÍARCADIS CHILE
ANTECEDENTES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD (1>.
3.1
3.1.1
LUGAR DONDE SE EJECUTARÁ EL PROYECTO O ACTIVIDAD
Generalidades
La actividad se ejecutará en la Playa Grande de Chañaral, ubicada en la Bahía de Chañaral,
comuna y provincia del mismo nombre, en la Región de Atacama.
El área donde se realizarán los sondajes, corresponde al sector de playa conformada por
relaves antiguos provenientes de procesos de flotación de cobre de la actividad minera. Al
respecto, desde la década de 1930 comenzó la explotación minera, aproximadamente a 140
kilómetros al este de Chañaral. Este proceso de explotación descargó directamente sus
relaves al Río Salado2, el cual desembocaba superficialmente en forma natural en la bahía
de Chañaral, por lo cual se depositaron ininterrumpidamente por más de 30 años alrededor
de 200 millones de toneladas (Mt) de relave. Se trata de un material relativamente
homogéneo, de granulometría predominante arenosa y baja fracción de finos, que se
encuentra a una profundidad que se extiende hasta entre 10 y 15 m bajo la superficie. El
nivel freático se ha detectado a aproximadamente 2 a 3 metros por debajo de la superficie
del suelo.
Con base en la información histórica disponible, Compañía Minera Playa Verde (Titular del
Proyecto "Campaña de Sondajes"), estima que aproximadamente 60 Mt de antiguos relaves
se encuentran dispuestas en la playa.
El área donde se pretende ejecutar los sondajes está cubierta de pertinencias mineras
inscritas por y bajo control de Minera Playa Verde Ltda. en el Registro del Conservador de
Minas de Chañaral, las cuales incluyen las concesiones de explotación Verde 1 al 87,
comprendidas en 398 hectáreas; y las concesiones de exploración Arena 1, Arena 2, Arena 3
y Arena 4 que cubren 1.000 hectáreas. La Lámina 4269-0000-CA-LAM-001 en Anexo B
muestra la Concesión Marítima de la Municipalidad de Chañaral junto con las pertinencias
mineras de Minera Raya Verde y la ubicación de los sondajes.
Cabe señalar que el área de desarrollo de los sondajes se ubica en la Playa Grande de
Chañaral, aproximadamente a 300 m hacia el oeste de esta ciudad. A continuación en la
Figura 3-1 se presentan la ubicación de los sondajes en el área de estudio.
2
Según requerimientos del Of. Ord. N° 131456, "Imparte instrucciones sobre las consultas de pertinencia de ingreso al Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental", de fecha 12 de Septiembre 2013, del Servicio de Evaluación Ambiental.
Con base a la cartografia del IMG, en la actualidad existe un tramo con cauce permanente del río o quebrada salada en el
sector de Pampa Negra, si bien en el resto de su recorrido se trata de un cauce intermitente.
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Figura 3-1: Localización Sondajes3
Los distintos colores de los sondajes indican la fase de ejecución de cada perforación, de acuerdo a lo que se describe en la
sección 3.2.1.5 de este documento.
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3.2
MARCADIScHiLE
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INDICANDO LAS PRINCIPALES
OBRAS Y ACCIONES PARA CADA UNA DE LAS ETAPAS (CONSTRUCCIÓN
OPERACIÓN Y CIERRE), SI CORRESPONDIENTE.
3.2.1
Descripción de la Actividad de Sondajes
La actividad "Campaña de Sondajes" contempla perforar aproximadamente 120 sondajes
cortos (profundidad promedio 10 metros) y 77 mm de diámetro, a lo largo de la playa,
abarcando un área aproximada de 5,6 km2.
El objetivo la campaña de sondajes es obtener muestras que permitan, a través de análisis
de laboratorio, caracterizar los relaves antiguos allí depositados, estableciendo su volumen,
tonelaje, contenido y leyes de sus constituyentes, además de otros parámetros físicos y
químicos de interés ambiental. La finalidad del levantamiento de esta información es realizar
un análisis que permita evaluar la factibilidad de un proyecto que recupere parte del mineral
de cobre presente en las arenas de la playa Grande de Chañaral para ser comercializado y,
paralelamente, mejore las condiciones ambientales de la playa.
La información que aportará el resultado de los sondajes permitirá, además, diseñar los
procedimientos de manejo de materiales, metalúrgicos y de disposición final de residuos
masivos. La caracterización de parámetros ambientales aportará la base para definir
objetivos de limpieza para las arenas de la playa acordes al uso final previsto.
3.2.1.1 Metodología de la Actividad de Sondajes
Para la realizadón de los sondajes, se contempla la utilización de tecnología "sónica". La
perforación sónica aplica los principios de la fluidificación de materiales particulados, en
combinación con la Ley de Inercia. La cabeza de perforación, la tubería de perforación y el
varillaje, se llevan a una frecuencia de vibración de 150 Hz, dentro del umbral del oído
humano. Estas ondas se transmiten a través de la maniobra de perforación hasta su extremo
final dentro de la perforación, reflejándose y causando que la tubería se alargue y se
estreche y se acorte y se ensanche diferencialmente unas 150 veces por segundo. Esta
intensa vibración tiene como consecuencia que una fina corona de partículas del terreno, en
contacto directo con la tubería, pierda se fluidez. En lugar de comportarse como una masa
rígida, el terreno se comporta como un polvo fluido en la zona no saturada o seca, y como un
lodo o una pasta en la zona saturada. Esta fluidización, o licuefacción, reduce mucho la
fricción entre la tubería y el terreno adyacente, permitiendo una rápida penetración. A la
hora de tomar muestras, la misma reducción del rozamiento se aplica a la pared interior del
tubo de muestra. La licuefacción permite la toma de muestras muy largas de hasta 4 m de
longitud. Además de la vibración vertical, la cabeza de perforación también puede rotar, para
tomar y romper muestras fácilmente, así como para cortar hormigón o aglomerado asfáltico.
Esta tecnología presenta una serie de ventajas, las cuales se listan y resumen a
continuación:
•
•
•
Permite la colección de muestras inalteradas y de alta calidad;
No utiliza percusión, por lo que el ruido generado es menor que con otras tecnologías
de sondaje (para el proyecto en particular, al no pretenderse perforar basamento
rocoso, el impacto acústico será mínimo);
No utiliza fluidos de perforación;
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•
•
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No genera emisiones de material particulado, ya que no se utiliza aire para extraer la
muestra y, en general, se trabajará sobre material húmedo;
No genera residuos de perforación, ya que todo el material extraído se aprovecha
como muestra (7 kg por metro aproximadamente).
Para la perforación se utilizarán tubos metálicos de 101 mm de diámetro como casing,
protección de las paredes del sondaje que se coloca después de perforar con 77mm de
diámetro para tomar la muestra, para evitar derrumbes que contaminen la muestra. La
muestra permitirá obtener entre 7 a 10 kg de relave por metro de perforación. Se estima
perforar 1.200 m de sondaje, logrando un total de 800 muestras por cada de 1,5 m que
representarán una masa total de muestras de entre 8 y 12 toneladas de relave,
representativas del total de relaves depositados en la playa. Además de los análisis de
laboratorio que se harán en Copiapó a cada una de las muestras individuales, parte de las
muestras serán utilizadas para pruebas metalúrgicas en laboratorios internacionales
certificados para validar los procesos metalúrgicos previstos por Minera Playa Verde, y parte
serán analizadas por parámetros químicos de interés ambiental, de manera tal que cumplan
con la necesidad de información sistemática confiable y concordante con los objetivos del
Proyecto, tanto desde el punto de vista comercial como ambiental.
Los antecedentes técnicos de los sondajes sónicos se presentan en el Anexo C.
3.2.1.2 Superficie a Utilizar
Cada sondaje ocupará un diámetro aproximado de 101 mm, casing incluido. Para la
ejecución de cada sondaje, se requerirá de un área de trabajo de aproximadamente 20 m x
10 m para el emplazamiento de la perforadora y los servicios de apoyo, que incluyen
principalmente la disposición momentánea de los materiales para perforación (14 a 20 tubos
livianos de 1,5 m de largo) y las bandejas para colectar muestras, junto a un camión liviano y
una camioneta (ver Fotografía 3-1). El equipo de trabajo (operadores y los muestreros) se
desplazará a cada punto, conforme al avance programado para cada sondaje. Al respecto,
se espera perforar entre 3 y 4 muestras diarias, considerando que la ejecución de cada
sondaje tendrá una duración de entre 2 a 3 horas. La Fotografía 3-1 muestra otra actividad
de sondajes cortos, de similares características a esta campaña y donde se muestra el área
de trabajo.
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Fotografía 3-1: Perforadora Sonic Drill y equipos de apoyo en El Abra
3.2.1.3 Equipos
La campaña de sondajes será ejecutada por la empresa Superex S.A., especialista en
servicios de sondajes en depósitos de relaves, utilizando una máquina perforadora marca
Sonic Drill, Modelo Sonic Probé 200. Se considera una (1) sola máquina para toda la
campaña y sus equipos de apoyo.
En la Fotografía 3-1 se presenta el equipo a utilizar. La base de la perforadora es auto
propulsada con orugas. Las orugas se apoyan sobre el suelo sin necesidad de elementos de
nivelación (jacks o gatos) ya que la base dispone de los elementos hidráulbos para
posicionar el mástil verticalmente sobre el punto donde se ejecuta el sondaje. Ello le permite
adaptarse a las irregularidades del terreno y desplazarse en forma autónoma, sin requerir
actividades previas de nivelación de terreno, ni de habilitación de huellas de acceso.
Las orugas son las únicas en contacto con el suelo y no originan contactos puntuales sobre
éste. La presión sobre el suelo es mínima, menor a la que haría un equipo sobre neumáticos.
De esa manera no hay impactos destructivos o que sean visibles después de abandonar el
sitio del sondaje y se ejecute una mínima acción de perfilamiento ajustada a la topografía del
lugar.
Por otro lado, el viento reinante ejerce su efecto diario, el mismo que origina la dinámica que
modifica el paisaje diariamente en la playa.
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3.2.1.4 Mano de Obra
Para la actividad de sondajes, se contempla una cantidad de seis (6) personas fijas por turno
(4 operadores de las maquinarias y dos (2) muestreros, en un régimen continuo de 10 días
de trabajo y 5 de descanso, cumpliendo con la normativa vigente. Se considera un horario de
trabajo diurno desde las 08:00 am hasta las 18:00 horas. Durante la noche el equipo
sondeador permanecerá en la playa, bajo el cuidado de un guardia contratado para ello.
Junto al equipo anterior, se contará con la acción esporádica de cuatro personas,
correspondiente a un (1) topógrafo y un (1) alarife previo y posterior a ia campaña para
marcar los puntos donde se perforará y la supervisión del Titular con dos geólogos que
inspeccionarán la perforación en oportunidades breves.
No se instalará campamento ni ninguna estructura fija en la playa. Se usará la infraestructura
existente en la ciudad de Chañara! para alojamiento, alimentación, provisión de combustibles
y lubricantes, y otras necesidades personales que deban atenderse durante el tiempo de
trabajo. El personal contará con un vehículo liviano 4x4 para atender sus necesidades. La
comunicación será mediante celulares. Cada trabajador contará con botellas de agua
envasada para su consumo personal.
3.2.1.5 Duración de las actividades
Para la realizadón de la campaña de sondajes, se estima una duración de aproximadamente
entre 45 y 60 días, los cuales serán realizados en 5 fases, las que se describen a
continuación en la Tabla 3-1.
Tabla 3-1: Fases y N° de Sondajes
Fase
1
2
3
4
5
Twin Hole
Total
N° Sondajes
18
16
35
37
7
7
120
Duración/días
6
6
13
14
3
3
45
Promedio Profundidad (m)
8,7
8,7
8,9
9,0
7,0
12,3
9,1
Fuente: Arcadis, 2014.
En la Figura 3-1 y Lámina 4269-0000-CA-LAM-001, se presenta la localización de los
sondajes, distinguiendo los que se realizaran en cada una de las fases anteriormente
indicadas.
En Anexo D, se presenta la Tabla D-1 que identifica cada sondaje y la fase en qué se
realizará, ubicación en coordenadas WGS84 Huso 19 y profundidad prevista para cada uno
de éstos.
3.2.1.6 Insumos y servidos necesarios para la actividad
Las perforaciones de los sondajes se realizarán en seco, y no utilizarán reactivos, A
continuación se presentan los insumes contemplados para la realización de esta actividad.
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i.
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Abastecimiento de Agua Potable
Cada trabajador recibirá agua envasada para su consumo personal durante la jornada de
trabajo. Fuera de ella dispondrá de los medios existentes en la ciudad de Chañaral.
ii.
Abastecimiento de Energía Eléctrica
No se requerirá abastecimiento de energía eléctrica ya que los trabajos se realizaran día
(8:00 a 18:00 horas), con luz solar. En el caso de; alguna emergencia, se utilizará la
iluminación propia délos equipos motrices.
¡ii.
Abastecimiento de Combustible y aceite lubricante
El abastecimiento diario de combustible y lubricantes al equipo de perforación se hará por
medio del camión liviano de servicio (Unimog pequeño), el cual cuenta con los medios para
ello y dispone de mantas impermeables para protección del suelo en caso de derrames
accidentales. Este equipo de servicio obtendrá combustible y lubricantes en servicios
especializados de Chañaral.
iv.
Servicios Higiénicos
Se contará con baños químicos, dando cumplimiento al DS 594/00 sobre condiciones
Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo, para lo cual se contratará a una
empresa de la zona autorizada por la autoridad ambiental para la instalación y limpieza de
este tipo de servicios.
v.
Habilitación de Caminos
Al área de sondajes se puede acceder desde caminos existentes por lo que no es necesaria
la habilitación de éstos. Al respecto, se accede desde Chañaral por la Ruta 5 Norte, y su
empalme con la ruta C-120. Desde este camino, ruta C-120 (ripio compactado, en buenas
condiciones) se accede directamente a la playa y se extiende a lo largo de ésta en el sentido
N-S. Alternativamente se puede usar otro acceso ubicado en el extremo SW de la playa, que
se desprende directamente de la Ruta 5 Norte, en el cruce de éste con el acceso a la
Avenida Diego de Almeida en Chañaral. A continuación, en la Figura 3-2 se visualizan los
accesos mencionados anteriormente.
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Figura 3-2: Acceso al Área de Sondajes
vi.
Movimientos de tierra
Debido a que la profundidad y diámetro de los sondajes es pequeña, la máquina a utilizar es
también de tamaño menor autopropulsada con orugas. Ello, junto con las características del
relave (fracción de arena gruesa) hace posible que la máquina pueda movilizarse por sí
misma por la superficie de la playa, no requiriendo de un camión para ser trasladada.
Por otro lado, la perforadora se ajusta a los desniveles del terreno mediante las orugas.
Debido a todo lo anterior, no se requiere de movimientos de tierra previos para conformar
plataformas de trabajo.
3.2.1.7 Transporte de equipos e insumos
El equipo de sondajes permanecerá en el lugar de trabajo mientras dure la campaña. Los
insumos que requiere, combustible y lubricantes serán llevados a su costado por el camión
pequeño de servicios, lo mismo ocurrirá con los tubos de sondajes que usará en cada
sondaje. Al fin de cada jornada sólo queda en el lugar la máquina de sondajes y un vigilante.
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Oí ARCADIS CHILE
Se requerirá de un equipo auxiliar, camión liviano de servicio, el cual contendrá la tubería
que se usará en la perforación y toma de muestras.
Una camioneta de apoyo dispondrá de los elementos para recoger las muestras desde la
perforadora y transportarla a Chañaral en la forma que mejor facilite su manejo. Una
segunda camioneta estará disponible para casos de necesidades de apoyo extraordinario o
eventual (personales por ejemplo).
Una excavadora de tamaño intermedio con balde del orden de 1 yarda cúbica colmado será
dispuesta para reperfilar a su condición original los sitios donde se perfore si ello fuese
necesario. Esta excavadora sólo accederá a los sitios cuando sea requerido, generalmente
cuando el equipo perforador haya abandonado el lugar.
3.2.1.8 Manejo de Residuos líquidos y sólidos
Diariamente se retirará todo material que constituya ya sea: muestras de sondajes u otros
elementos eventuales. El sitio de trabajo se mantendrá limpio y ordenado en todo instante.
Los residuos serán mínimos (botellas desechables para agua por ejemplo) y serán
depositados en basureros en la ciudad de Chañaral.
3.2.1.9 Emisiones a la atmósfera
La perforación no emitirá emisiones a la atmósfera más allá de las que emita el motor de la
perforadora en su operación, ya que por una parte se trabaja en húmedo y por la otra, esta
tecnología de sondaje aprovecha toda la muestra, no liberando polvo en suspensión.
3.2.1.10 Instalación de Faenas
Para el desarrollo de la Campaña de Sondajes Cortos, no se considera la habilitación y uso
de instalación de infraestructura de apoyo o de faenas en el sector de la playa y tampoco en
la ciudad de Chañaral, se utilizarán servicios actualmente existentes en Chañaral para servir
a las necesidades logísticas de la campaña. Todos los servicios de terceros que se usen
deberán estar establecidos y operando con pleno cumplimiento de las normativas que les
son aplicables.
3.2.1.11 Cierre de Actividades de Sondaje
Los sondajes, la perforación misma, se desmoronaran en el momento de retirar el casing, a
excepción de aquellos que sean habilitados como pozos de monitoreo. El lugar donde se
perforará cada sondaje será abandonado ( 3 6 4 diariamente) dejando el sitio limpio y
perfilado en su condición topográfica original si es que se hubiese ello modificado. La
operación de perforación y toma de muestras no debería modificar la topografía original del
lugar, no obstante a ello se dispondrá de los medios para recuperar la condición original si
ellos fuesen necesarios (excavadora liviana en sitio fuera de la playa y palas manuales en
camioneta de servicio).
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3.2.2 Antecedentes del área
Un análisis preliminar de los relaves realizado por RENACE, op. cit y citado en la publicación
"Impactos Ambientales en Chile: Desafíos para la Sustentabilidad'* de año 2004, indica que
en los relaves mineros depositados en la bahía de Chañaral se encontraron los siguientes
metales pesados; arsénico, azufre, bario, cobre, cloro, estroncio, fierro, molibdeno, sodio,
zirconio, óxido de aluminio III, óxido de calcio II, óxido de manganeso II, óxido de magnesio
I!, óxido de potasio I, óxido de silicio IV y óxido de titanio IV.
Si bien las condiciones naturales y geológicas de los sectores costeros entre Caldera y Pan
de Azúcar hacen que los sedimentos marinos de estas zonas, correspondientes a arena
media y fina, presenten elevados contenidos de metales pesados, en el caso de Chañaral los
altos niveles de estos metales se explican por aportes históricos al medio natural por parte
de la actividad minera ("Ecosistema Costero entre Caldera y Pan de Azúcar", 2013; pp19)5,
siendo las concentraciones de cobre, hierro, arsénico, cinc, cianuro, molibdeno y otros
metales pesados presentes en los relaves superiores a los máximos aceptados
internacionalmente como naturales ("La muerte gris de Chañaral", 2010; pp 15).
Por otra parte, según estudios realizados por el Servicios de Salud de Atacama, mediante
oficios ordinarios Nos 35 y 4870 del 03 de enero del 2001 y 23 de noviembre de 2002
respectivamente, los análisis químicos realizados a muestras de agua procedentes del Río
Salado mostraron concentraciones superiores al Decreto 90, especialmente en cobre,
sulfatos, cloruros y sodio (ver Tabla 3-2).
Tabla 3 -2: Resultados analíticos muestras de agua del Río Salado
Parámetro
Cianuro
Manganeso
Cobre
Cloruros
Sulfatos
Sodio
Cromo
Norma (Decreto N°90)
0,20 mg/l
0,20 mg/l
0,20 mg/l
200 mg/l
250 mg/I
35 mg/l
0,10 mg/l
Concentración
0,25 mg/l
0,25 mg/l
0,50 mg/l
600 a 75.000 mg/l
1 .985 a 2.285 mg/l
97 mg/l
0,1 7 mg/l
Fuente: Oficio Ordinario N°35 y 4870, Servicio de Salud Atacama6
3.2.3 Fauna
La depositación de relave minero con elevadas concentraciones de metales en las arenas y
zona litoral de la bahía de Chañaral, así como las características altamente salinas del Río
Salado, generan unas condiciones ecosistémicas adversas que van en detrimento de la biota
marina (algas, crustáceos, moluscos y peces).
La evaluación ecosistémica realizada en los sectores costeros entre Caldera y Pan de
Azúcar ("Ecosistema Costero entre Caldera y Pan de Azúcar", 2013; pp 37)' indica que "los
resultados del estudio de comunidades de fondos duros y blandos submareales sugieren
diversos estados de perturbación de estos sistemas. Por una parte Ramada y Flamenco
presentaron el menor estado de perturbación y, por consiguiente, el mejor estado de salud
© Programa Chile Sustentable, año 2004 (pp16).
Realizado por Universidad de Antofagasta - Proyecto apoyado potCORFO - Gobierno de Chile, 2013.
6 Información obtenida en la publicación "Conflictos por el Agua en Chile", pp 134, Chile Sustentable, 2010.
7 Realizado por Universidad de Antofagasta - Proyecto apoyado pot CORFO - Gobierno de Chile, 2013.
4
5
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ambiental. Mientras que Chañaral y Obispito se caracterizó por presentar un estado de salud
ambiental deteriorado. Pan de Azúcar presentó un estado intermedio".
Debido a todo lo anterior, no se espera encontrar las especies características de
ecosistemas marinos en el área del proyecto que pudieran verse afecadas por las
actividades de sondajes.
3.2.4
Vegetación
Por otro lado, y debido a las mismas condiciones descritas en la sección anterior, la Playa
Grande de Chañaral corresponde a un área con ausencia de pisos vegetacionales y de
especies de flora (Luebert y Pliscoff (2006) (ver Figura 3-3).
Figura 3-3: Pisos Vegetacionales (Luebert y Pliscoff, 2008)
Piso» Vegetación»!.» (Luebcrl y Pliscolt. 2001}
Uatorral desértico meditenineo costero de Eupliorbia tactiflu
y Eulycfinia uinl-pteana
U atar» I desértico rnvdit.irian.iocostero da Gypolhamrium
plnifoGura f Halrotropium pycnopfiyttum
a^m Ualortald«édfeo medltan^neo costero de Heliolroplum
&SSK Horldum y Al ripie x clivicolm
jj*^w Watorral desértico mecírtenínao interior de Oxypliyllurn
jf2^l uliclnum y Gymnophyton foliosum
^ matorral deserlko mediten Aneo InUríor de Sky tanlftus ocutuj
^ f y Atripkx dvsenlcoU
Cartografía Bafe
Poblado
Puerta Flamen cu'
Sede Comunal
JRL
Por lo anterior, es posible concluir que no existen en el área de emplazamiento de los
sondajes especies vegetales sensibles que la habiten.
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3.2.5
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Usos del territorio y percepción social
Asimismo, la comunidad de Chañaral, consciente de esta situación, tampoco hace un uso
recreativo o comercial (por ejemplo pesca) en el área donde se contempla realizar las
actividades del proyecto o en sus inmediaciones. Debido a lo anterior, se puede afirmar que
esta área no presenta relevancia ambiental ni uso por parte de la comunidad que las
actividades temporales de sondajes pudiesen obstaculizar o prohibir.
3.2.6
Presencia de áreas protegidas
La actividad no se encuentra dentro ni próxima a un área protegida, o de un área con valor
ambiental. Sólo se registra la presencia del Parque Nacional Pan de Azúcar distante a
aproximadamente a 10 km hacia el norte del área de estudio.
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ANÁLISIS DE PERTINENCIA
Tomando en consideración lo expuesto precedentemente respecto a las características y
cualidades específicas de la campaña de sondajes cortos a realizar por Minera Playa Verde
Ltda., a continuación corresponde determinar si dicha campaña de sondaje califica como un
proyecto o actividad de aquellos que obligatoriamente deben someterse al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Para lo anterior, se analizarán los artículos 8, 9 y
10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N°
20.417/2010 y lo establecido en la letra i) del Artículo 3 del DS N° 40/2012, Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).
El artículo 8 de la Ley N° 19.300, dispone que los proyectos o actividades, señalados en el
artículo 10 de la misma Ley, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su
impacto ambiental. El artículo 9 de la misma Ley, señala que dicha evaluación de impacto
ambiental se realiza mediante la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental
(DÍA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al SEIA.
El artículo 10 de la Ley por su parte, lista los proyectos o actividades susceptibles de causar
impacto ambiental, en cualquiera de sus fases y que por lo tanto deben someterse al SEIA.
De la lectura de este artículo 10, la tipología de proyecto a analizar para los efectos de la
actividad de sondajes cortos, corresponde a la descrita en el literal i) referida a los proyectos
de desarrollo minero y que establece que:
Artículo 10.- Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en
cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto
ambiental son los siguientes:
i.
Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas
comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición
de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda;
La especificación respecto a estos proyectos de desarrollo minero, la señala la letra i) del
artículo 3 del D.S 40/2013 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(RSEIA), al disponer que:
Artículo 3.- Tipos de proyectos o actividades. Los proyectos o actividades susceptibles de
causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:
1.1. Se entenderá por proyectos de desarrollo minero aquellas acciones u obras cuyo fin es la
extracción o beneficio de uno o más yacimientos mineros y cuya capacidad de extracción de
mineral es superior a cinco mil toneladas mensuales (5.000 t/mes).
1.2. Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con
posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las inceríidumbres
geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de
desarrollo minero, necesarias para la caracterización requerida y con el fin de establecer los
planes mineros en los cuales se base la explotación programada de un yacimiento, que
consideren cuarenta (40) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes,
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tratándose de las Regiones de Arica y Parínacota a la Región de Coquimbo, o veinte (20) o
más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de
Valparaíso a la Región de Magallanes y Antartica Chilena, incluida la Región Metropolitana
de Santiago.
Se entenderá por exploraciones al conjunto de obras y acciones conducentes al
descubrimiento, caracterización, delimitación y estimación del potencial de una concentración
de sustancias minerales, que eventualmente pudieren dar origen a un proyecto de desarrollo
minero, que consideren menos plataformas que las indicadas en el inciso anterior, según las
regiones respectivas.
Pues bien como se ha demostrado, la campaña de sondajes cortos a realizar por Minera
Playa Verde Ltda., corresponde a una exploración minera, actividad no comprendida dentro
de los proyectos o actividades listados en el artículo 10 de la Ley y en consecuencia no
estaría obligado a someterse al SEIA bajo ninguna de las modalidades establecidas por la
Ley, esto es por medio de una DÍA o un EIA. En efecto, la campaña de sondajes cortos
tienen por objeto justamente el descubrimiento, caracterización, delimitación y estimación del
potencial de una concentración de sustancias minerales de cobre en los relaves antiguos
procedentes de procesos de flotación de cobre de la actividad minera y que pudieren dar
origen a un proyecto de desarrollo minero y que eventualmente conlleve el mejoramiento
sustancial de la calidad medio ambiental de la playa Grande Chañara!.
En consecuencia, los resultados de los análisis de laboratorio de las muestras obtenidas a
través de estos sondajes cortos, determinarán, en primer lugar, el potencial de recursos
minerales que puedan justificar sobre bases confiables un plan de extracción de mineral de
cobre y las leyes de los constituyentes de los relaves depositados, y con ello la viabilidad de
un futuro Proyecto Minero mediante la recuperación - a través de un proceso industrial - de
dicho mineral de cobre para ser comercializados, además caracterizar otros parámetros
físicos y químicos de interés medioambiental de los relaves depositados, sobre la base de
los cuales se definirán objetivos de limpieza y mejoramiento de las condiciones ambientales
actuales de la Playa Grande Chañaral, con el fin último de promover usos futuros de dicho
espacio en proyectos de desarrollo de la provincia de Chañaral y, por ende, generar valor
agregado socio ambiental en favor de la comunidad.
Respecto a la actividad de sondajes, objetivo de esta pertinencia, cabe señalar que estas
actividades no requieren la habilitación de plataformas horizontales, por cuanto se trata de
sondajes cortos de baja profundidad (en promedio 10 metros). Al respecto, las plataformas
son necesarias en sondajes de mayor profundidad y diámetro que requieran una
infraestructura, materiales, equipos y logística en general de mayor peso, diferente
tecnología y complejidad8, por ejemplo; espacios para los tubos de perforación, anclaje de la
máquina de sondaje, piscinas de sedimentación para el manejo de los lodos de perforación,
estanques de agua y combustibles, depósitos de insumes químicos, etc. Estos tipos de
sondaje requieren generar plataformas en base a cortes y/o rellenos que permitan el
posicionamiento del equipamiento de perforación (ya sea a través de camión o carro de la
máquina de sondajes o armado de estructuras fijas de la máquina de sondaje).
En este caso particular, la tecnología a emplear y las condiciones topográficas del área de
estudio favorecen el uso de este tipo de maquinaria sin requerir plataforma por cuanto se
Por ejemplo sondajes del tipo diamantina o aire reverso.
4269-0000-MA-INF-001_0
Consulta de pertinencia de ingreso al seia
Junio, 2014
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Minera Playa Verde Ltda.
|wl ARCAD1S CHILE
trata de terrenos relativamente planos y de fácil acceso (pendientes cercana a la horizontal).
Adicionalmente, en este caso por tratarse de sondaj'es poco profundos y de menor
envergadura, se empleará sólo una unidad pequeña o mini perforadora de sondaje marca
Sonic Drill, Modelo Sonic Probé (ver ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.), que
posee un sistema de auto-transporte mediante orugas, lo que le permite acceder a cualquier
tipo de superficies. No requiere plataformas preparadas en terreno para facilitar su nivelación
por cuanto, una vez que la mini perforadora de sondaje se ubica en el punto deseado para la
perforación, a través de su sistema hidráulico puede regular los niveles y ángulos de
inclinación necesarios para dar inicio a la perforación,
Cabe señalar que se ha estimado un rendimiento de 3 a 4 sondajes por día, completando un
periodo máximo de 60 días para la ejecución completa de la campaña.
Por otra parte, dada la técnica de perforación a utilizar para los sondajes "Sonic", no se
requerirá agua para el proceso, como tampoco aditivos de perforación. En efecto, el sistema
de perforación empleado no utiliza fluidos de perforación y en consecuencia no se generarán
residuos líquidos de origen industrial que requieran de un manejo o tratamiento insitu.
Respecto a los residuos sólidos industriales, estos no se generarán en terreno (ver sección
3.2.1.8). La ventaja de esta mini unidad de sondaje Sonic es que produce perforaciones libre
de residuos y requiere un área mínima de trabajo acotada a la superficie necesaria para el
posicionamiento de la máquina, estimada en un área de trabajo de 20 m x 10 m por cada
pozo de perforación.
Las muestras de arena (relave) extraídas por la sonda en el proceso de perforación son
retiradas del tubo muestreador y almacenadas inmediatamente en bolsas de polietileno y
llevados desde cada pozo terminado desde el frente de trabajo (descrita en la sección
3.2.1.10 de esta carta) al lugar de manejo en la ciudad de Chañaral, desde donde serán
preparadas administrativamente para ser enviadas al laboratorio respectivo para su análisis
físico-químico.
La máquina mini perforadora una vez realizada la perforación, se desplazará de manera
autónoma hasta otro punto para realizar su próximo sondaje corto, siguiendo la secuencia en
fases, descrita en la sección 3.2.1 de esta carta, hasta completar la totalidad de los 120
sondajes.
En definitiva, dado que la actividad que se presenta corresponde a un ejercicio de muestreo
exploratorio, no siendo en consecuencia una actividad de prospección, es que se concluye
que no se incurre en lo dispuesto en la letra i 2) del Artículo 3° del atado Reglamento.
En conclusión, sobre la base de los criterios señalados en el Ord. N° 131456 que "Imparte
instrucciones sobre las consultas de pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental" emitido por el Servicio de Evaluación Ambiental SEA con fecha 12 de
Septiembre 2013 y de acuerdo al análisis precedentemente efectuado, la actividad de
sondajes cortos a realizar por Minera Playa Verde Ltda. no amerita un ingreso al SEIA, por
cuanto no constituye en sí misma un proyecto o actividad de aquellos listados en el artículo
10 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y precisadas por el
artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS 40/2012) en los términos establecidos por el
Artículo 3 letra i) del RSEIA.
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Consulta de pertinencia de ingreso al seia
Junio, 2014
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Minera Playa Verde Ltda.
ARCADIS
Kff MKLAUD CHILE
ANEXO A
ANTECECENTES LEGALES DEL PROPONENTE
4269-0000-MA-INF-001_0
Consulta de pertinencia de ingreso al seia
Junio. 2014
SAMUEL KLECKV RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchalí
Fono 7365464 - Fax 7363770
f-nuiil: kleckyíííadsl.iic.d
SANTIAGO
REP.
1
2253/2011
R E P E R T O R I O N Ú M E R O DOS MIL D O S C I E N T O S C I N C U E N T A Y T R E S . -
4
CONSTITUCIÓN
5
DE
6
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
7
MINERA PLAYA VERDE LIMITADA
8
9
10
12
bn lo c i u d a d de S a n t i a g o , R e p ú b l i c a de Chile, a
13
mes
14
MOREIRA.
15
Titular
16
p r o t o c o l i z a d o al f i n a l de los R e g i s t r o s del Quinto B i m e s t r e del año en
17
c u r s o , bajo el número v e i n t i u n o , con o f i c i o en e s t a c i u d a d , A v e n i d a
18
D o r s a l número mil s e t e c i e n t o s s e s e n t a y t r e s , c o m p a r e c e :
19
HERIBERTO
20
nacional
21
s i e t e mil q u i n i e n t o s s e t e n t a y o c h o guión K, domiciliado en C a m i n o El
22
Tanguito, ex P a r c e l a treinta, sitio diecisiete Calera de T a n g o , Región
de
octubre
de
Abogado,
don
mil
NOTARIO
SAMUEL
PASTEN
dos
KLECKY
CASTILLO,
once,
ante
PUBLICO
ANA
DE SANTIAGO,
RAPAPORT,
chileno,
de i d e n t i d a d número c u a t r o
mí,
d i e c i n u e v e d í a s del
según
casado,
LUISA
BIRKNER
Suplente
Decreto
Judicial
don
ingeniero,
del
JUAN
cédula
millones quinientos s e t e n t a y
Metropolitana, en representación según se acreditará, de C O P P E R BAY
CHILE
LIMITADA, persona jurídica del género-de su denominación. Rol
Único T r i b u t a r i o n ú m e r o s e t e n t a y s e i s millones c i e n t o s e t e n t a y un mil
nta
y
nueve
ira
y,
guión
n u e v e , domiciliada,
seiscientos
don
cincuenta,
FRANCISCO
comuna
JAVIER
para
de
estos
efectos,
Providencia,
SAAVEDRA
en
Región
G ALLEGUILLOS,
1
chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número
2
c u a t r o millones t r e s c i e n t o s veinticinco
3
ocho,
4
veinticinco, departamento
5
en representación,
6
compañía
7
número cero s i e t e t r e s nueve uno dos cinco cinco, Rol Único T r i b u t a r i o
8
para e x t r a n j e r o s número cincuenta y nueve millones c i e n t o s e s e n t a y
9
nueve mil ochocientos noventa guión siete, domiciliada en Kinnaird
domiciliado
en
Avenida
mil c u a t r o c i e n t o s diez guión
Pocuro
dos
o c h o c i e n t o s uno,
mil
cuatrocientos
Providencia, Santiago,
según se acreditará, de C O P P E R BAY LIMITED
inglesa r e g i s t r a d a en Inglaterra y País de
una
Gales bajo el
10
H o u s e , Uno Pall Malí E a s t Londres, Reino Unido
11
Marchant
12
Metropolitana; los c o m p a r e c i e n t e s m a y o r e s de edad, quienes luego de
13
acreditar
14
PRIMERO: Que vienen en constituir una sociedad de
15
limitada,
16
L I M I T A D A , que se regirá por los p r e s e n t e s e s t a t u t o s y, en lo no p r e v i s t o
17
por ellos, por las disposiciones de la Ley número tres mil n o v e c i e n t o s
18
dieciocho,
19
c o r r e s p o n d i e n t e s de los Códigos Civil y de Comercio de lo R e p ú b l i c a
20
de Chile. S E G U N D O : O B J E T O S O C I A L . - El objeto de la s o c i e d a d s e r á
2!
desarrollar,
22
individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile
23
o en el e x t r a n j e r o , las siguientes a c t i v i d a d e s : a) la realización de t o d a
24
c l a s e de i n v e r s i o n e s y/o n e g o c i o s por cuenta propia o de t e r c e r o s ,
25
r e l a t i v o s a t o d o tipo de bienes o d e r e c h o s , muebles o inmuebles,
26
corporales
27
a d m i n i s t r a c i ó n ; b) la obtención de beneficios en toda clase de bienes
28
muebles
Pereira
sus
y
nombre
sus
o
identidades,
razón
incorporales,
inmuebles
por
o
por
su
así
Región
siguiente:
responsabilidad
PLAYA
por
intermedio
de
io
MINERA
como
explotación,
medio
Providencia,
manifiestan
social será
modificaciones;
directamente
o
e
seiscientos cincuenta, comuna de
respectivas
cuyo
y, para estos efectos en
las
de
VERDE
normas
terceros,
comercialización
derechos,
acciones
y/o
o
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchalí
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-mail. klcckysSjadsl.tie.cl
SANTIAGO
REP. 2253/201
1
p a r t i c i p a c i o n e s en o t r a s s o c i e d a d e s ; c) e x p l o r a r , y e x p l o t a r m i n e r a l e s
2
por si, o por medio de t e r c e r o s en las c o n c e s i o n e s m i n e r a s que f u e r e
3
propietaria
o
detentare
4
propios o
de
terceros
5
t e r c e r o s , d i s p o n e r , c o m e r c i a l i z a r y v e n d e r t a l e s m i n e r a l e s , en b r u t o o
6
p r o d u c t o s , s u b p r o d u c t o s o residuos l o g r a d o s con
7
como
8
m a r í t i m a s , e n e r g é t i c a s y de a g u a s y, en g e n e r a l , r e a l i z a r las d e m á s
9
a c t i v i d a d e s p r o p i a s de la i n d u s t r i a minera; y e) en g e n e r a l , r e a l i z a r
10
la
cualquier
a
o
adquisición
c u a l q u i e r título;- d)
en
cualquier
constitución
otra actividad
beneficiar
forma
de
de
asociación
las a n t e r i o r e s , sin perjuicio de los demás o b j e t o s que
sus
socios.
en o t r o s l u g a r e s del p a í s o del e x t r a n j e r o . C U A R T O : C A P I T A L S O C I A L . - El
16
c a p i t a l s o c i a l s e r á la suma de d o s c i e n t o s millones de p e s o s , que ios
17
s o c i o s a p o r t a r á n y p a g a r á n d e n t r o del plazo de dos a ñ o s c o n t a d o s
18
desde
19
n e c e s i d a d e s s o c i a l e s lo r e q u i e r a n , en las p r o p o r c i o n e s y de la f o r m a
20
s i g u i e n t e : U n o . El s o c i o C O P P E R BAY C H I L E L I M I T A D A ,
21
c i e n t o n o v e n t a y o c h o millones de p e s o s , e q u i v a l e n t e s a un n o v e n t a y
,.
o NOTARIO PDB'jCO -o
SA\'TiAGQ
presente
Región
escritura,
a
Metropolitana,
su
15
¡a
Santiago,
tendrá
perjuicio de las a g e n c i a s , s u c u r s a l e s y o f i c i n a s que pueda e s t a b l e c e r
de
de
sociedad
14
fecha
ciudad
La
domicilio
•O
la
SOCIAL.-
acuerden
13
la
en
DOMICILIO
mineras,
o indirectamente
con
TERCERO:
con
su b e n e f i c i o , así
concesiones
que se r e l a c i o n e d i r e c t a
minerales
medida
que
sin
las
la c a n t i d a d de
n u e v e por c i e n t o del c a p i t a l t o t a ! , el que e n t e r a r á y p a g a r á su a p o r t e
de la s i g u i e n t e m a n e r a : (A) mediante el a p o r t e , c e s i ó n y t r a n s f e r e n c i a
•' CONCHALI
en
este
mismo
acto
del
dominio
de
l e r a s : i) V E R D E Uno al O c h e n t a y S i e t e :
las s i g u i e n t e s
pertenencias
Rol N a c i o n a l : c e r o t r e s c e r o
n u e v e c e r o guión c i n c o , d e a p r o x i m a d a m e n t e
ocho
hectáreas, cuya
mensura y sentencia
b i i s c r i t a a f o j a s c i e n t o v e i n t i s i e t e número
o n c e del
t
R e g i s t r o de Propiedad del año mil n o v e c i e n t o s o c h e n t a y cinco del
2
C o n s e r v a d o r de Minas de Chañaral; ii) C guión UNO Uno al Cincuenta
3
y Seis: Rol Nacional: c e r o t r e s uno cero uno uno uno cinco s'iete guión
4
cero,
5
h e c t á r e a s , cuya mensura y s e n t e n c i a c o n s t i t u t i v a rola i n s c r i t a a f o j a s
6
ciento
7
P r o p i e d a d del año mil n o v e c i e n t o s n o v e n t a y tres del C o n s e r v a d o r de
8
Minas de Chañaral: iii) -C guión DOS Uno al Cuarenta: Rol Nacional:
9
c e r o t r e s uno c e r o uno uno uno cinco ocho guión nueve, con un área
con
un
área
cuarenta
de
y
aproximada
uno,
número
doscientos
treinta
cuya
dos,
de!
y
nueve
Registro
U
c o n s t i t u t i v a rola
12
treinta del Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y
13
tres del C o n s e r v a d o r de Minas de Chañaral: iv) C guión T R E S Uno al
u
Cuarenta: Rol Nacional: cero tres uno cero uno uno uno cinco nueve
15
guión s i e t e , con un área aproximada de d o s c i e n t a s h e c t á r e a s , cuya
16
mensura y s e n t e n c i a constitutiva rola inscrita a f o j a s nueve vuelta,
17
número t r e s ,
18
n o v e n t a y c u a t r o del C o n s e r v a d o r de Minas de Chañaral; v) C guión
19
C U A T R O Uno al C u a r e n t a : Roí Nacional: cero tres uno c e r o uno uno
20
uno seis c e r o guión c e r o , con un área aproximada de ciento ochenta
21
h e c t á r e a s , cuya mensura y s e n t e n c i a c o n s t i t u t i v a rola inscrita a f o j a s
22
ciento ocho, número v e i n t i n u e v e , del R e g i s t r o de Propiedad del año
23
mil
24
C h a ñ a r a l ; vi) C guión CINCO Uno al V e i n t e : Rol Nacional: cero tres
25
uno c e r o uno uno uno seis uno guión nueve, con un área aproximada
26
de cien h e c t á r e a s , cuya mensura y s e n t e n c i a c o n s t i t u t i v a rola inscrita
27
a f o j a s ciento treinta y dos, número treinta y uno, del R e g i s t r o de
28
P r o p i e d a d del año mil n o v e c i e n t o s n o v e n t a y tres, del C o n s e r v a d o r de
i n s c r i t a a f o j a s ciento
Registro
noventa
de
y
diecinueve
Propiedad
tres,
del
mensura y
de
aproximada
novecientos
hectáreas,
y
setenta
10
del
doscientas
de
del
año
Conservador
sentencia
vuelta, número
mil n o v e c i e n t o s
de
Minas
de
SAMUEL KLECKV RAPAPORT
^ NOTARIO PUBLICO
5
SANTIAGO
O
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763. Conchali
Fono 7365464 - Fax 7363770
¿-rrmil: kleckyí/)íidsl.tit;x'l
SANTIAGO
~
1
REP. 2253/201
Minas de Chañaral; vii) C guión SEIS Uno al V e i n t i o c h o : Rol Nacional:
2
cero tres uno cero uno uno uno seis dos guión s i e t e , con
3
aproximada
4
c o n s t i t u t i v a rola i n s c r i t a a f o j a s veintiuno, número c u a t r o , del R e g i s t r o
5
de
6
C o n s e r v a d o r de Minas de Chañaral; viii) C guión SIETE Uno al D o c e :
7
Rol Nacional: cero tres uno cero uno uno uno siete c e r o guión ocho,
8
con
9
s e n t e n c i a c o n s t i t u t i v a rola inscrita a f o j a s t r e i n t a y dos v u e l t a , número
10
c i n c o , del R e g i s t r o de Propiedad del año mil n o v e c i e n t o s n o v e n t a y
11
c u a t r o del C o n s e r v a d o r de Minas de Chañaral. El dominio a nombre
12
de
13
a n t e r i o r m e n t e , rola a f o j a s d o s c i e n t o s cincuenta
14
s e t e n t a y siete del Registro de Propiedad del año dos mil once del
15
Conserva.dor de Minas de Chañaral; las que
16
a c u e r d o por los s o c i o s de la siguiente f o r m a : La p e r t e n e n c i a V E R D E
17
Uno al Ochenta y Siete, en la suma de un m'illón ciento c u a r e n t a mil
18
p e s o s , y las siete p e r t e n e n c i a s r e s t a n t e s , también, en la suma de un
19
millón c i e n t o cuarenta mil pesos, determinándose que c a d a una de
20
las p e r t e n e n c i a s mineras de este último grupo, v a l e un s é p t i m o de ese
21
v a l o r total; y B) El saldo de su aporte, a s c e n d e n t e a c i e n t o n o v e n t a y
22
cinco millones s e t e c i e n t o s veinte mil pesos, lo enterará y pagará en
de ciento
Propiedad
un
área
del
ocho
año
aproximada
mil
de
h e c t á r e a s , cuya
novecientos
sesenta
un área
mensura y sentencia
noventa
y
h e c t á r e a s , cuya
cuatro,
del
mensura y
C o p p e r Bay Chile Limiteda de las ocho p e r t e n e n c i a s , r e f e r i d a s
y cinco
se v a l o r a n de
número
común
dinero e f e c t i v o dentro del plazo de dos años c o n t a d o s d e s d e la f e c h a
de ia p r e s e n t e e s c r i t u r a , a medida que las n e c e s i d a d e s s o c i a l e s lo
j u i e r a n . D o s . El s o c i o C O P P E R
BAY L I M I T E D , la
c a n t i d a d de
dos
\os, e q u i v a l e n t e s a un uno por ciento del c a p i t a l t o t a l ,
n dinero e f e c t i v o dentro del plazo de dos
3 feciha de la presente e s c r i t u r a , a medida que
1
las n e c e s i d a d e s s o c i a l e s lo requieran. Q U I N T O : A D M I N I S T R A C I Ó N . - La
2
administración,
3
c o r r e s p o n d e r á n al
4
e j e r c e r á por medio de un Directorio, que se regirá por las s i g u i e n t e s
5
normas:
6
miembros,
7
administrador
8
remoción y sustitución de
9
pública a n o t a d a
representación
socio
Composición.
todos
los
COPPER
y
COPPER
uso
BAY
de
CHILE
El Directorio e s t a r á
cuales
BAY
serán
CHILE
la
LIMITADA,
social
quien
c o m p u e s t o por
designados
LIMITADA.
d i r e c t o r e s deberá
razón
por
Toda
la
cuatro
el
socio
designación,
h a c e r s e por
escritura
al margen de la inscripción de la s o c i e d a d en el
10
R e g i s t r o de Comercio de S a n t i a g o . El D i r e c t o r i o elegirá de su s e n o un
.11
P r e s i d e n t e , quien t e n d r á v o t o dirimente. L o s D i r e c t o r e s c e s a r á n e n s u s
12
cargos y perderán el carácter de tales por renuncia, por incapacidad
13
o
14
r e m o c i ó n . S e s i o n e s de Directorio: El Directorio se reunirá en s e s i o n e s
15
ordinarias y e x t r a o r d i n a r i a s . Las primeras se c e l e b r a r á n en la f e c h a
16
predeterminada
I?
celebrarán
18
cualquier
19
unánime de
20
i n d i c a r á n en la c i t a c i ó n . El directorio celebrará s e s i o n e s a lo menos
21
cada
22
indelegables y sólo se ejercen colectivamente en la reunión de é s t e
23
iegalmente constituida. Los miembros del Directorio tienen derecho a
24
ser i n f o r m a d o s plena y d o c u m e n t a d a m e n t e y en cualquier t i e m p o , por
25
el G e r e n t e o el que
26
D i r e c t o r i o si p r o c e d i e r e , en todo lo r e l a c i o n a d o con la m a r c h a de la
27
s o c i e d a d . Las s e s i o n e s
28
acuerdo unánime en contrario del propio Directorio, adoptado para
inhabilidad
dos
s o b r e v i n i e n t e , por
por
cuando
el
d e c l a r a c i o n e s en
Directorio.
Las s e s i o n e s
las cite el Presidente, por
D i r e c t o r , con
cinco
días de
quiebra
o
extraordinarias
sí o a
petición
anticipación, s a l v o
por
se
de
acuerdo
los d i r e c t o r e s , y para t r a t a r o b j e t o s e s p e c í f i c o s que se
meses.
Las f u n c i o n e s
de
miembro
del
Directorio
son
haga sus v e c e s o por uno o más miembros de!
se v e r i f i c a r á n
en
el
domicilio
social, salvo
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchali
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-trunl: kleckyí/}ads!.t¡e.cl
SANTIAGO
^NOTARIOPUBLICO-oí
:?
SANT1AGO___ 01
CONCHALI
oportunidad.
cada
2
podrán c e l e b r a r s e por c o n f e r e n c i a
3
c a s o , el A c t a c o r r e s p o n d i e n t e , c e r t i f i c a d a por el S e c r e t a r i o ,
4
ser remitida por correo e l e c t r ó n i c o a c a d a Djrector para la e x p r e s i ó n
5
de
6
aprobación luego de diez días de su remisión.
7
que c e l e b r e el D i r e c t o r i o d e s p u é s de su e l e c c i ó n , designará de e n t r e
8
sus miembros un P r e s i d e n t e , que lo será también de la s o c i e d a d , al
9
G e r e n t e General y un S e c r e t a r i o del D i r e c t o r i o . Quorum S e s i o n e s : Las
su
conformidad
Alternativamente,
o
de
sus
las
reuniones
REP.
2253/201
Directorio
1
telefónica
del
o a u d i o v i s u a l , en tal
deberá
observaciones, entendiéndose
En la primera sesión
10
s e s i o n e s de
D i r e c t o r i o se c o n s t i t u i r á n con
11
número
directores establecido
12
a c u e r d o s del Directorio se a d o p t a r á n por la m a y o r í a a b s o l u t a de los
13
d i r e c t o r e s a s i s t e n t e s con
14
a c u e r d o s del D i r e c t o r i o d e b e r á n c o n s t a r en un libro de a c t a s que se
15
l l e v a r á por c u a l e s q u i e r a de los medios que d e t e r m i n e la s a l a , siempre
16
que é s t o s o f r e z c a n la seguridad de que no podrá h a b e r s u p r e s i o n e s .
17
i n t e r c a l a c i o n e s o cualquier otra a d u l t e r a c i ó n que
18
f i d e l i d a d - d e l a c t a , la que s e r á firmada por los d i r e c t o r e s que
19
c o n c u r r i d o a la s e s i ó n . Si alguno de ellos f a l l e c i e r e , se a u s e n t a r e , no
20
f i r m a r e c u a n d o f u e r e requerido
"-21
"',, • \
de
en
la
su
mayoría
los e s t a t u t o s .
absoluta
del
A c u e r d o s : Los
d e r e c h o a v o t o . A - c t a s : Las r e s o l u c i o n e s y
pueda a f e c t a r la
hubieran
por el s e c r e t a r i o o se i m p o s i b i l i t a r e
por cualquier c a u s a para f i r m a r el a c t a c o r r e s p o n d i e n t e , se d e j a r á
22-" \a
en
la
misma,
de
la
respectiva
circunstancia
o
NOTARIO Pl'üUCO -a
'
SANTIAGO
o)
^TTr—^r?^/ i m p e d i m e n t o . Se e n t e n d e r á a p r o b a d a el a c t a d e s d e el m o m e n t o de
, 1" CCMl-/!>\'-r-v/
su f i r m a , y desde
esa f e c h a
podrán l l e v a r s e a c a b o los a c u e r d o s
t'tido,|á(faxdo,s~NEI_d¡rector que quiera s a l v a r su r e s p o n s a b i l i d a á por algún
del
ctc\.
Directorio,
Para e s t o s
deberá
hacer
constar
su
e f e c t o s e! Secretario
e rrvinistro de fe y su c e r t i f i c a c i ó n s e r á p l e n a m e n t e
1
oponible a t e r c e r o s . A s i m i s m o , el director que e s t i m a r e que un a c t a
2
a d o l e c e de i n e x a c t i t u d e s u omisiones, tiene derecho a e s t a m p a r las
3
s a l v e d a d e s que
4
Directorio designará un s e c r e t a r i o . De io contrario, a c t u a r á como tal
5
el Gerente General de la sociedad. Remuneración: Las funciones de
6
D i r e c t o r no serán r e m u n e r a d a s . Sin perjuicio
7
podrán
8
independiente a sus c a r g o s . Delegación: El c a r g o de D i r e c t o r no es
9
delegable
prestar
y
estime pertinentes, antes de firmarla. Secretario: El
servicios remunerados
sus
funciones
se
a
ejercen
sociedad,
en
forma
colectivamente,
en
sala
Directorio podrá
delegar
legalmente
11
parte
12
D i r e c t o r e s , G e r e n t e s , a b o g a d o s de la sociedad u o t r a s p e r s o n a s , para
13
objetos
14
DIRECTORIO,-
15
p r e v i s t a en la cláusula p r e c e d e n t e , ejercerá sus f u n c i o n e s con las más
16
amplias f a c u l t a d e s y atribuciones, pudiendo realizar t o d o s los a c t o s ,
17
contratos,
18
d i r e c t a o i n d i r e c t a m e n t e con el giro de la sociedad, y e j e r c e r , en
19
e s p e c i a l , las s i g u i e n t e s f a c u l t a d e s : Uno) A c t u a r en r e p r e s e n t a c i ó n de
20
M I N E R A P L A Y A V E R D E L I M I T A D A en t o d o s los a c t o s r e l a t i v o s a su giro
21
ordinario o que sean necesarios para la fiel y expedita representación
22
de la s o c i e d a d aun en aquellos c a s o s para los cuales se requiere un
23
poder
24
dejar sin e f e c t o , anular,, resciliar, prorrogar, renovar y poner término a
25
toda c l a s e de a c t o s y c o n t r a t o s , sean é s t o s preliminares o definitivos.
26
D o s ) A p r o b a r , dictar, modificar y dejar sin e f e c t o las normas g e n e r a l e s
27
por las que
28
reglamentos internos, la determinación y modificación de la planta de
sus f a c u l t a d e s
especialmente
en
Director
determinados.
El Directorio
convenciones,
un
el
la
10
de
constituida. Sin embargo,
de ello, los .Directores
designado
negocios
e s p e c i a l ; pudiendo,
en
y
o
en
una
SEXTO:
y
FACULTADES
actuando
trámites
consecuencia,
comisión
que
de
se
celebrar,
deberán ceñirse las o p e r a c i o n e s de
la
de
DEL
manera
relacionen
modificar.
la s o c i e d a d , sus
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Nocaria Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchali
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-mair
[email protected]
SANTIAGO
de
la
empresa
trabajadores
2
b e n e f i c i o s . T r e s ) P r e s e n t a r s e a t o d a c l a s e de p r o p u e s t a s y r e g i s t r o s de
3
c o n t r a t i s t a s e inscribir los d o c u m e n t o s
4
C u a t r o ) Suscribir los c o n t r a t o s de s e r v i c i o s y/o
5
requieran
para el a d e c u a d o manejo de
6
contratos
de
7
remuneraciones
8
a v e n i m i e n t o ; dar término a esos c o n t r a t o s y s u s c r i b i r los r e s p e c t i v o s
9
f i n i q u i t o s . Cinco) Operar en f o r m a amplia en el m e r c a d o de c a p i t a l e s
trabajo,
y
y
las
políticas
REP. 22537 201 i
remuneraciones y
1
que
s e a n individuales
obligaciones;
de
se requieran al e f e c t o .
p r o f e s i o n a l e s que se
la s o c i e d a d , así como ¡os
o
colectivos,
pudiendo
f i j a n d o sus
firmar
actas
de
10
y de i n v e r s i o n e s : adquirir y v e n d e r derechos
I1
cualquier tipo. S e i s ) C o m p r a r , v e n d e r , permutar y, en general, adquirir
12
a
13
corporales e incorporales, derechos sobre éstos, valores mobiliarios,
14
acciones,
¡5
c o n t r a t o s de p r o m e s a , opción o leasing sobre los bienes e n u m e r a d o s .
16
S i e t e ) C o n s t i t u i r , a c e p t a r y alzar a v í o s , h i p o t e c a s , p r e ñ a o s , f i a n z a s y
17
toda c l a s e de prohibiciones
18
incluso con cláusula de g a r a n t í a g e n e r a l . O c h o ) O t o r g a r y a c e p t a r
19
a v a l e s , p a c t a r solidaridad a c t i v a o p a s i v a y. en g e n e r a l , t o d a c l a s e
20
de
21
d e r e c h o s d e u s o . u s u f r u c t o , habitación, c o n s t i t u i r s e r v i d u m b r e s a c t i v a s
22
o
23
administración,
14
t í t u l o , toda c l a s e de
cualquier
título,
toda
debentures,
clase
bonos
garantías y cauciones.
pasivas.
s
o
Diez)
Dar
o
de
u
bienes
otros,
muebles
pudiendo
para garantizar
Nueve)
tomar
Gravar
en
en f o n d o s mutuos de
o
inmuebles
incluso
celebrar
obligaciones
los bienes
sociales,
sociales
arrendamiento,
con
comodato,
e x p l o t a c i ó n o c o n c e s i ó n , o bien, a cualquier o t r o
muebles.
éste
bienes, s e a n é s t o s c o r p o r a l e s o i n c o r p o r a l e s ,
Once)
Dar
y
necesario o
recibir
dinero
voluntario
constituir
a
o
en
y
otros
bienes
en
secuestro. Doce)
la* sociedad
en
agente,
n i s t A , distribuidora o c o n c e s i o n a r i a ; o, para que
1
ésto
otorgue
dichas
2
transporte, fletamento, de cambio, de correduría, de transacción y de
3
seguro,
4
condiciones,
5
impugnar
6
cualquier otro contrato nominado o no.
7
s o c i e d a d celebre, el o los mandatarios podrán convenir toda clase de
8
p a c t o s y estipulaciones, estén o no c o n t e m p l a d o s especialmente por
Q
las l e y e s , ya
s e a n de
10
accidentales;
fijar
11
remuneraciones, reajustes,
12
cabidas,
13
e s c r i t u r a s públicas o p r i v a d a s que sean pertinentes. Quince) C o n v e n i r ,
14
aceptar y pactar
15
multas. Dieciséis) Abrir y cerrar cuentas corrientes, de d e p ó s i t o o de
16
ahorro y a d m i n i s t r a r aquellas en que la sociedad sea titular, pudiendo
17
girar y s o b r e g i r a r en ellas, c o n t r a t a r toda clase de p r é s t a m o s y líneas
18
de c r é d i t o o de s o b r e g i r o en moneda nacional o e x t r a n j e r a , con o sin
19
interés, en forma de mufuo, avance contra de aceptación, sobregiros,
20
c r é d i t o s en cuenta c o r r i e n t e , crédito documentario o de
21
otra forma, pudiendo al efecto suscribir, firmar y aceptar los contratos
22
de mutuo, pagarés, l e t r a s de cambio y todo instrumento público,
23
privado o mercantil que fuere pertinente; abrir acreditivos y tomar
24
b o l e t a s b a n c a r i a s de garantía, hacer y retirar d e p ó s i t o s de dinero,
25
especies o valores a la vista o a plazo, retirar valores en custodia,
26
arrendar
27
arrendamiento; y, efectuar toda clase de operaciones bancarias en
28
moneda nacional o e x t r a n j e r a , incluyendo la apertura de c a r t a s de
pudiendo
cualidades.
acordar
Trece)
primas,
fijar
Celebrar
riesgos,
contratos
plazos • y
cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas
liquidaciones
deslindes,
cajas
de
siniestros,
su esencia, de
.precios,
etcétera,
seguridad,
En los contratos que
rentas,
forma
la
al
de
pago
afecto,
honorarios,
y
entrega,
suscribir
las
perjuicios, cláusulas penales y
abrirlas
10
y aprobar e
su naturaleza o meramente
pudiendo
e s t i m a c i o n e s de
de
y
demás
e t c é t e r a . C a t o r c e ) Celebrar
intereses,
época
de
y
poner
cualquier
término
a
su
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchalí
Pono 7365464 - Fax 7363770
c-mnii. kleckyííiHidsl.tiü.c!
SANTIAGO
-rr^ÓNCHAü •
'* u n \y
acreditivos.
Celebrar
contratos
créditos
2
m e r c a n t i l , imponerse de su movimiento,
3
Diecisiete)
4
sociedad
5
r e v a l i d a r , c a n c e l a r y cobrar c h e q u e s , retirar t a l o n a r i o s de cheques y
6
s o l i c i t a r , aprobar o impugnar los s a l d o s de dichas c u e n t a s c o r r i e n t e s ,
7
dar órdenes de no pago, encomendar c o m i s i o n e s de c o n f i a n z a y dar
8
instrucciones
9
financieras,
Administrar las cuentas
sea
titular,
a
pudiendo
bancos
nacionales
reaceptar
depositar,
o
extranjeras.
hacer
estatales
o
Dieciocho)
protestar,
instituciones
Girar,
suscribir,
dominio, cobro o garantía, d e p o s i t a r , p r o t e s t a r , d e s c o n t a r , c a n c e l a r ,
¡2
cobrar
13
documentos
14
orden o al portador en moneda nacional o extranjera: y ejercitar las
15
a c c i o n e s , que a la s o c i e d a d le c o r r e s p o n d a n en r e l a c i ó n con
16
d o c u m e n t o s . D i e c i n u e v e ) Ceder y a c e p t a r c e s i o n e s de c r é d i t o s , s e a n
17
n o m i n a t i v o s , a la orden o al p o r t a d o r y, en general, e f e c t u a r t o d a
18
clase
19
mobiliarios,
efectos
20
operaciones
de
21
p r e s e n t a r , firmar y t r a m i t a r r e g i s t r o s de importación y/o
de
pagarés,
m e r c a n t i l e s cambiarlos
operaciones
con
libranzas,
sean
estos
documentos
públicos
comercio
revalidar,
la
11
cambios,
prorrogar,
que
aceptar,
de
renovar,
bancarias de
10
letras
o
girar,
cuenta
aprobar y r e c h a z a r s a l d o s .
corrientes
particulares
o
de
CEP. 2253/201
corriente
1
o
de
exterior y
vales
y
mercantiles.
Veinte)
cambios
en
demás
nominativos,
comercio.
de
endosar
a
la
tales
valores
Realizar
internacionales,
exportación,
presentar solicitudes anexas y cartas explicativas, retirar mercaderías
de
las a d u a n a s ,
endosar y
retirar
suscribir ' d e c l a r a c i o n e s j u g a d a s
conocimientos
y toda
c l a s e de
de
embarque,
documentos
que
f u e r a n e x i g i d o s por el B a n c o C e n t r a l de Chile y o t r a s a u t o r i d a d e s o
¡paciones, s o l i c i t a r la m o d i f i c a c i ó n de las c o n d i c i o n e s bajo las
fe^putorizado una determinada
operación y solicitar
erar bajo el s i s t e m a de c o b e r t u r a d i f e r i d a u o t r o .
11
1
Veintiuno)
Realizar
y
pactar
2
obligaciones
3
c o n s i g n a c i ó n , subrogación, unión de bienes, remisión, c o m p e n s a c i ó n ,
4
novación,
y,
5
Veintidós)
Cobrar
6
adeude a ia s o c i e d a d , a cualquier titulo que
7
persona natural o jurídica, derecho público o privado,
8
fiscales,
9
privadas,
mediante
en
general,
y
etcétera,
de
sea
extinción
pago
en
incorporales,
toda
extrajudicialmente
dinero
raíces
o
o
en
todo
de
pago,
forma
legal.
cuanto
se
sea y por cualquier
autónoma,
en
clase
dación
cualquier
administración
en
de
efectivo,
extinguirlas
percibir
semifiscales,
o
un
la
otras
muebles
instituciones
instituciones
clases de
valores
bienes
U)
corporales
mobiliarios,
11
etcétera.
12
garantías,
13
Veinticuatro) Firmar recibos, finiquitos o cancelaciones, y en general,
14
suscribir,
15
documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las
16
declaraciones
17
instalar
18
e s t a b l e c i m i e n t o s , dentro o fuera del país. V e i n t i s é i s ) R e p r e s e n t a r a la
19
sociedad
20
Previsión, A d m i n i s t r a d o r a s de Fondos de Pensiones, S e r v i c i o de S e g u r o
2)
Social,
22
Inspecciones
23
organismos, instituciones o autoridades
24
actividades laborales, de previsión y de seguridad social, pudiendo
25
p r e s e n t a r t o d a c l a s e de s o l i c i t u d e s y p e t i c i o n e s ante ellas, d e s i s t i r s e
26
de
27
R e p r e s e n t a r a la s o c i e d a d ante t o d a c l a s e de a u t o r i d a d e s p o l í t i c a s ,
28
administrativas, sectoriales, regionales,
V e i n t i t r é s ) Obtener y conceder quitas o e s p e r a s , pactos,
intereses,
otorgar,
que
extender,
deducciones
refrendar o
y
modificar,
condonaciones.
toda
clase
de
estimen n e c e s a r i o s o c o n v e n i e n t e s . V e i n t i c i n c o )
agencias,
ante
descuentos,
toda
oficinas,
c l a s e de
i n s t i t u c i o n e s de
Comunales
salud
sucursales
y
organismos
previsional
cualquier
de
y
clase
previsión, Cajas
ante
la
Dirección
o Regionales del Trabajo y toda clase
que
se relacionen
las mismas, modificarlas y aceptar sus resoluciones.
12
con
de
de
o
de
las
Veintisiete)
municipales, organismos
de
S A M U E L KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchali
Fono 7365464 - Fax 7363770
c-mnil: kleckyi'iííadsl.tie.cl
SANTIAGO
REP. 2253/201.
1
D e r e c h o "Público, f i s c a l e s o s e m i f i s c a l e s , incluyendo el B a n c o C e n t r a !
2
de
3
I n t e r n o s , T e s o r e r í a General de la R e p ú b l i c a , C o n t r a l o r í a G e n e r a l de la
4
R e p ú b l i c a , Municipalidades, S u p e r i n t e n d e n c i a s , E m p r e s a N a c i o n a l de
5
Minería,
6
del C o b r e , D i r e c c i o n e s G e n e r a l e s , e t c é t e r a , pudiendo p r e s e n t a r t o d a
7
c l a s e de s o l i c i t u d e s y peticiones
8
modificarlas
9
adquirir
Chile, Comité de
I n v e r s i o n e s E x t r a n j e r a s . S e r v i c i o s ae
S e r v i c i o N a c i o n a l de
y
a
aceptar
cualquier
de
sus
título
Comisión
Chilena
a n t e e l l a s , d e s i s t i r s e de las m i s m a s ,
resoluciones.
Veintiocho)
concesiones
públicas
sean
mineras,
cualquier
otra
energía.
11
V e i n t i n u e v e ) R e g i s t r a r y r e n o v a r la inscripción de n o m b r e s , p a t e n t e s ,
¡2
marcas
13
o p o n e r s e a su r e g i s t r o , deducir o p o s i c i o n e s , s o l i c i t a r n u l i d a d e s y, en
14
general,
15
c o m p e t e n t e s y el d e p a r t a m e n t o de p r o p i e d a d i n d u s t r i a l del M i n i s t e r i o
16
de
17
oficinas
18
p a r t i c u l a r e s de t r a n s p o r t e t e r r e s t r e , marítimo o a é r e o t o d a c l a s e de
19
correspondencia,
20
cargas, encomiendas,
21
a la s o c i e d a d o e x p e n d i d a s por e l l a s . T r e i n t a y uno) R e p r e s e n t a r a la
22
s o c i e d a d en t o d o s los juicios o g e s t i o n e s j u d i c i a l e s
23
tribunal
actuar
comerciales
con
amplias
y
o
de
y
marítimas,
modelos
eléctricas
Constituir
10
y
aguas,
Geología y Minería,
Impuestos
industriales:
atribuciones
patentar
ante
los
E c o n o m í a , F o m e n t o y T u r i s m o . T r e i n t a ) E n t r e g a r y/o
de
sea
correos,
telégrafos,
aduanas
y
empresas
inventos
organismos
retirar de las
estatales
o
c e r t i f i c a d a o no, p i e z a s p o s t a l e s , g i r o s , r e e m b o l s o s ,
éste
m e r c a d e r í a s , e t c é t e r a .dirigidas a, c o n s i g n a d a s
ordinario,
especial,
arbitral,
a n t e cualauier
administrativo
o
de
XTCONCHAÜ ^
cualquier c l a s e , así de
ise de
acciones
cualquier especie,
s e a n e l l a s ordinarias,
pudiendo e j e r c i t a r
toda
e j e c u t i v a s , e s p e c i a l e s , de
^ n t e n c i o s a o de cualquier n a t u r a l e z a . En el e j e r c i c i o de
j d i c i a l . podrán a c t u a r por la s o c i e d a d con t o d a s
as y e x t r a o r d i n a r i a s del m a n d a t o judicial, en los
13
1
correspondientes
2
pudiendo di e f e c t o otorgar minutas r e c t i f i c a t o r i a s , e s c r i t u r a s públicas
3
o privadas y cualesquier documento
4
tales e f e c t o s . Se f a c u l t a e x p r e s a m e n t e a don JOSÉ LUIS A V I L E S M U Ñ O Z ,
5
cédula nacional de identidad siete millones o c h o c i e n t o s quince mil
6
s e t e n t a y ocho guión cinco y/ o a doña C L A U D I A L O R E T O P I Z A R R O
7
CORTÉS,
8
setenta y un mil setecientos treinta guión seis, para que cualquiera de
9
ellos,
cédula
registros
nacional
indistintamente,
de
de
los
Conservadores
necesario o c o n v e n i e n t e para
identidad
represente
corppetentes,
doce
tanto
a
millones
MINERA
quinientos
PLAYA
VERDE
10
L I M I T A D A como a sus únicos s o c i o s , C O P P E R BAY CHILE LIMITADA y
¡I
C O P P E R BAY LIMITED, ante el Servicio de Impuestos Internos, s o l i c i t e
12
Rol Único Tributario y realice los t r á m i t e s de iniciación de a c t i v i d a d e s ,
13
pudlendo al
)4
f o r m u l a r i o s , p r e s e n t a r y retirar los d o c u m e n t o s que f u e r e n e c e s a r i o y
15
en general para suscribir todd clase de
16
Servicio
17
necesarios para el normal funcionamiento de la Sociedad que
18
este
¡9
anteriormente podrá ser notificada
20
s o c i e d a d . Este
21
dada al S e r v i c i o de Impuestos Internos, de acuerdo a lo indicado en
22
el artículo n o v e n o del Código Tributario. A d e m á s , cualauiera de ellos
23
estará
24
c o r r e s p o n d a . A R T Í C U L O T E R C E R O T R A N S I T O R I O : Para t o d o s los e f e c t o s ,
25
las p a r t e s c o n s t i t u y e n domicilio especial en la ciudad de S a n t i a g o .
26
Personerías: La personería de don JUAN H E R I B E R T O P A S T E N C A S T I L L O ,
27
para representar a COPPER BAY CHILE LIMITEDA, emana del A c t a de
28
Primera Reunión Extraordinaria
y
acto
e f e c t o firmdr toda clase de
para
se
requerir
constituye.
el
timbraje
Cualquiera
para
obtener
de
18
documentación
de
de
todos
las
los
ante ese
documentos
personas
por
indicadas
por ese Servicio a nombre de la
poder sólo se extinguirá
autorizado
solicitudes, peticiones y
la
por
comunicación
patente
Directorio de
escrita
municipal
que
Co_pper Bay Chile
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchali
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-nunl kleckyíííaclsl.tie.d
SANTIAGO
Limitada,del
escritura
día
pública
trece
de
octubre
con
esa
misma
de
dos
fecha:
mil
la
once
REP. 2253/2011
reducida a
personería
de
3
FRANCISCO JAVIER SAAVEDRA
4
y
5
pública de f e c h a trece de octubre de dos mil once. A m b a s e s c r i t u r a s
6
públicas f u e r o n o t o r g a d a s en la N o t o r i a de S a n t i a g o de don S a m u e l
7
Klecky
8
comparecientes
y por
9
comprobante
previa
¡O
r e p r e s e n t a c i ó n de
Rapaport,
y
COPPER
las
que
G A L L E G U I L L O S . para a c t u a r e n
don
BAY LIMITED,
no
se
ser c o n o c i d a s
lectura,
emdna
insertan
del
firman
Notario
los
1I
12
13
14
15
C O P P E R BAY CH
17
p.p.
lMITADA
JUAN HERIBERTO PASTEN CASTIL1
18
19
20
O JAVIER SAAVEDRA GALLEGUILLOS
CONFORME CON SU OR
SANTIAGO 2Ü-QCT. 2011
¡a
escritura
petición
de
los
a u t o r i z a n t e . // En
comparecientes.
C O P I A . D O Y FE.-
16
a
de
nombre
SE DA
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notarla Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchali
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-mail:
[email protected]
SANTIAGO
i
REP.
R E P E R T O R I O NUMERO
DOS MIL S E T E C I E N T O S T R E I N T A Y C U A T R O . -
2
3
4
5
ACTA PRIMERA REUNIÓN E X T R A O R D I N A R I A DE D I R E C T O R I O
6
MINERA PLAYA VERDE LIMITADA
7
9
10
En la ciudad de S a n t i a g o , República de Chile, a
11
del mes de diciembre de dos mil once, a n t e mí, ANA L U I S A B I R K N E R
12
MOREIRA, Abogado, NOTARIO PUBLICO DE S A N T I A G O , Suplente del
13
Titular
14
protocolizado al final de los Registros del Sexto Bimestre del año en
15
curso, bajo el. número
16
Avenida Dorsal número mil s e t e c i e n t o s s e s e n t a y tres, comparece:
17
don
18
identidad
19
s e i s c i e n t o s s e t e n t a y cinco guión seis, chileno, c a s a d o , a b o g a d o ,
20
domiciliado en M a r c h a n t Pereira s e i s c i e n t o s c i n c u e n t a , c o m u n a de
21
P r o v i d e n c i a , S a n t i a g o , mayor de edad, quien a c r e d i t a su identidad
22
con
23
d i s p u e s t o en la c l á u s u l a QUINTO de
24
s o c i e d a d denominada
don
SAMUEL
FRANCISCO
KLECKY
JOSÉ
veintinueve, con
SAAVEDRA
número ocho
la cédula
R A P A P O R T , según
oficio
MUÑOZ,
D e c r e t o Judicial
en esta
cédula
millones quinientos
anotada
d i e c i n u e v e días
Playa
nacional
de
c u a r e n t a y t r e s mil
y e x p o n e : P R I M E R O : Que
"Minera
ciudad,
c o n f o r m e lo
los E s t a t u t o s S o c i a l e s de la
Verde
L i m i t a d a " , los que
c o n s t a n en e s c r i t u r a pública de f e c h a diecinueve de o c t u b r e de
dos mil once, r e p e r t o r i o dos mil d o s c i e n t o s c i n c u e n t a y t r e s , a n t e la
\dona Ana Luisa Birkner Moreira, s u p l e n t e del
cky R a p a p o r t :
la socio Copper
Bay Chile
2734/2011
1
Limitada, en su calidad de administradora de esa sociedad, la que
2
ejerce
3
Markku Isohanni, W e s l e y Clark Newbold, Coiin Hunter y
4
Nenadovich Vuletin, según consta en el Artículo Primero Transitorio
5
del E s t a t u t o S o c i a l ya mencionado,
6
Extraordinaria del Directorio de Minera Playa Verde Limitada, cuya
7
A c t a viene en reducir a escritura pública: " A C T A PRIMERA REUNIÓN
8
EXTRAORDINARIA
9
En S a n t i a g o de Chile, siendo las 12,00 hrs. del día 21 de octubre de
por
medio
da
de
un
Directorio integrado
Mihailo
PLAYA
2 0 1 1 , se
11
E x t r a o r d i n a r i a del Directorio de Minera Playa V e r d e Limitada. A s i s t e
12
la t o t a l i d a d de los
13
" C o p p e r Bay Chile Limitada" señores: Markku Isohanni, W e s l e y Clark
14
Newbold,
15
a s i s t e n los s e ñ o r e s Juan P a s t e n Castillo, r e p r e s e n t a n t e de
16
Bay Limited en Chile y el abogado señor Francisco José S a a v e d r a
17
Muñoz quién a c t u a r á como S e c r e t a r i o . Preside interinamente
18
señor
19
S a a v e d r a que informe sobre la c o n s t i t u c i ó n de Minera Playa V e r d e
20
Limitada y s o b r e los asuntos que
21
Extraordinaria de Directorio. El señor Saavedra informa que Minera
22
Playa V e r d e Limitada se c o n s t i t u y ó con fecha 19 de octubre de
23
2 0 1 1 , mediante escritura pública ante la Notario de Santiago doña
24
Ana Luisa Birkner Moreira, suplente del titular don Samuel K l e c k y
25
Rapaport. Sus únicos socios son Copper Bay Chile Limitada con un
26
99% de su capital y Copper Bay Limited con un 1%. El e x t r a c t o se
27
inscribió, con
28
Comercio de Santiago a f o j a s 6 1 7 5 5 , número 45402; y, se publicará
Colin
fecha
la
Primera
Reunión
D i r e c t o r e s designados por la administradora
Hunter
Hunter.
teleconferencia a
VERDE LIMITADA.
10
Colin
vía
los señores:
c o n v o c ó a la Primera Reunión
D E D I R E C T O R I O . MINERA
inicio,
por
El
y
Mihailo
Nenadovich
Presidente
20 de
solicita
Vuletin. A d e m á s
al
abogado
Copper
el
señor
t r a t a r á esta Primera Reunión
octubre
d e 2 0 1 1 , en
el R e g i s t r o
de
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchalí
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-mail:
[email protected]
SANTIAGO
./"4>6CK"" xí\>O\
S
SANTIAGO
1
REP. 2734/2011
en el Diario Oficial del día 22 de o c t u b r e de 2 0 1 1 . También, con
2
e s t a misma f e c h a , se dio comienzo al trámite de su iniciación de
3
sus a c t i v i d a d e s y su Rol Tributario ante el S e r v i c i o de I m p u e s t o s
4
Internos, lo que debe concluir
5
semana. Finalmente, s e ñ a l ó que d u r a n t e la próxima
6
procederá
1
Chañaral del dominio en f a v o r de Minera Playa V e r d e Limitada de
8
la totalidad de las p e r t e n e n c i a s mineras a p o r t a d a s por el s o c i o
9
Copper Bay Chile Limitada, e s t o es, i) V E R D E Uno al O c h e n t a y
10
Siete; i¡) C guión UNO Uno al Cincuenta y Seis; iii) C guión DOS Uno
11
al Cuarenta; iv) C guión TRES Uno al C u a r e n t a ; v) C guión C U A T R O
12
Uno al Cuarenta; vi) C guión CINCO Uno al Veinte; vii) C guión SEIS
13
Uno al Veintiocho;y, viii) C guión S I E T E Uno al Doce. S e ñ a l ó , a
14
continuación, que
15
Sociales la presente Reunión Extraordinaria del Directorio de Minera
16
playa
17
materias:
18
designación del Gerente General y del Secretario del Directorio.
19
Finalmente, debe determinarse las facultades del Presidente y del
20
Gerente General. 1°. El Presidente, al constatar que está presente
21
la totalidad de los Directores, declara instado
22
Minera Playa Verde Limitada. 2° El Presidente ofrece la palabra
23
para que propongan nombres para Presidente del Directorio y
O
% 1-CONCHALI $P
*
Verde
—'¡^ A/ 26
la
inscripción
Playa
en
el
C o n s e r v a d o r de
s e m a n a se
Minas
de
de c o n f o r m i d a d a lo s e ñ a l a d o en los E s t a t u t o s
Limitada
Instalación
NOTARIO PUBLICO V24
Minera
a
durante el curso de la próxima
Verde
tiene
del
por
objeto
Directorio,
Limitada.
El
tratar
Elección
Director
las siguientes
de
Presidente,
el Directorio
señor
de
de
Nenadovich
propone a don Markku Isohanni, quién es elegido por unanimidad.
El señor Isohanni a c e p t a el cargo, lo asume
y pasa a presidir la
reunión. 3° A continuación el Presidente o f r e c e la palabra para
je ^.^Txapongaa nombres para el cargo de G e r e n t e General de
;^~A>,-,,^
1
Minera Playa Verde Limitada. El Director señor Hunter propone al
2
Ingeniero Civil de Minas don Juan Heriberto Pasten C a s t i l l o , cuyo
3
nombre es a c e p t a d o por unanimidad. El s e ñ o r Pasten a g r a d e c e su
4
designación
5
p r o p u e s t a del Presidente se elige por unanimidad como S e c r e t a r i o
6
del D i r e c t o r i o al a b o g a d o señor F r a n c i s c o José S a a v e d r a Muñoz. 5°
7
El Directorio o t o r g a al Presidente del Directorio y de Minera Playa
8
V e r d e Limitada, señor Markku Isohanni y al Gerente General señor
9
Juan Heriberto P a s t e n Castillo la totalidad de las f a c u l t a d e s que
10
c o n s t a n en la cláusula s e x t o del E s t a t u t o Social. Sin embargo, el
11
Gerente
12
numerales Cinco, Ocho, Nueve y Diecinueve; así como para vender
13
las c o n c e s i o n e s mineras, marítimas y de aguas de propiedad de la
14
sociedad,
15
P r e s i d e n t e o de otro Director. Dichas f a c u l t a d e s son: Uno) A c t u a r
16
en r e p r e s e n t a c i ó n de MINERA P L A Y A V E R D E L I M I T A D A
17
a c t o s r e l a t i v o s a su giro ordinario o que sean necesarios para la fiel
18
y expedita r e p r e s e n t a c i ó n de la s o c i e d a d aun en aquellos c a s o s
19
para
20
consecuencia,
21
resciliar, prorrogar, r e n o v a r y poner término a toda clase de a c t o s
22
y c o n t r a t o s , s e a n éstos preliminares o definitivos. Dos) Aprobar,
23
dictar, modificar y dejar sin e f e c t o las normas g e n e r a l e s por las
24
que
25
r e g l a m e n t o s internos, la determinación y modificación de la planta
26
de t r a b a j a d o r e s de la empresa y las políticas de remuneraciones y
27
b e n e f i c i o s . T r e s ) P r e s e n t a r s e a toda clase de p r o p u e s t a s y r e g i s t r o s
28
de
y
asume
General
deberán
inmediato
ese
cargo.
4°
Luego,
para ejercer las f a c u l t a d e s señaladas con
deberá
los c u a l e s
de
contar
conjuntamente
se requiere
celebrar,
ceñirse
un
poder
modificar,
las
con
la
especial;
dejar
operaciones
c o n t r a t i s t a s e inscribir los d o c u m e n t o s
sin
de
la
que
firma
a
los
del
en todos los
pudiendo,
efecto,
en
anular,
sociedad,
se requieran
sus
al
SAMUEL KLECKY RAPAPORT
Notaría Pública de Santiago
Avenida Dorsal 1763, Conchalí
Fono 7365464 - Fax 7363770
e-mail: klecky(S
p+euTiento, de cambio, de c o r r e d u r í a , de t r a n s a c c i ó n y
Morandé 440
Santiago
Teléfono: 390 0800 www.conservador.cl
Fax: 695 3807
[email protected]
Conservador de Bienes Raices
de Santiago
Copia de Inscripción
Registro de Comercio de Santiago
El Conservador de Comercio que suscribe certifica que la inscripción adjunta,
correspondiente a la sociedad "Minera Playa Verde Limitada", y que rola a fojas
61755 número 45402 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011, está
conforme con su original.
Asimismo, certifica que al margen de la citada inscripción no hay nota o
subinscripción que de cuenta que los socios o accionistas, según sea el caso, le
hayan puesto término a la sociedad al 18 de junio de 2014.
Finalmente, certifica que la inscripción referida no tiene más subinscripciones o
notas marginales que aquellas indicadas en el documento.
Los derechos regístrales correspondientes a esta copia ascienden a la suma de
$4.600.Santiago, 19 de junio de 2014.
Carátula: 8631962
Minera Playa Verde Limitada
Código de verificación: B3b69a-0
www.conservador.cl
Documento incorpora firma electrónica avanzada conforme a Ley N°19.799.
La vigencia de la firma electrónica en el documento, al igual que la Integridad
y autenticidad del mismo, deben ser verificados en www.conservador.cl,
donde estará disponible por 90 días contados desde la fecha de su emisión.
Documento impreso es sólo una copia del documento original.
Fojas 61755
TB/VA
Santiago, veinte
*N2 45402
once.- A requerimiento de Minera
CONSTITUCIÓN
Limitada, procedo a inscribir lo siguiente: ANA
MINERA PLAYA
LUISA
VERDE LIMITADA
Suplente
C: 5855016
Dorsal
"ID: 1270140
escritura pública fecha hoy, ante mí, de cuyo
*FR: 118159
texto
extracto
JUAN
HERIBERTO
BIRKNER
de
Octubre
MOREIRA,
del Titular
1763,
año
SAMUEL
dos
Santiago,
KLECKY RAPAPORT,
CERTIFICA:
siguiente:
PASTEN
rr.il
Playa Verde
Notario,
Conchalí,
lo
del
Que
comparecen
CASTILLO,
por
don
chileno,
casado, ingeniero, cédula nacional de identidad
número
cuatro
millones
siete mil quinientos
quinientos
setenta
y
setenta y ocho guión K,
domiciliado en Camino El Tanguito, ex Parcela
^^
treinta,
sitio
diecisiete
Calera
de
Tango,
Región Metropolitana, en representación, según
se
acreditará
de COPPER
BAY
CHILE
LIMITADA,
persona jurídica del género de su denominación,
Rut
número
setenta
y
seis
millones
ciento
setenta y un mil sesenta y nueve guión nueve,
domiciliada, para
Pereira
seiscientos
Providencia,
FRANCISCO
chileno,
Región
JAVIER
efectos, en Marchant
cincuenta,
comuna
Metropolitana
SAAVEDRA
;
y,
número
cuatro
de
don
GALLEGUILLOS,
casado, abogado, cédula nacional
identidad
^^
estos
millones
de
trescientos
veinticinco mil cuatrocientos diez guión ocho,
domiciliado
en
Avenida
cuatrocientos
ochocientos
veinticinco,
uno.
representación,
Documento incorpora Firma
Electrónica Avanzada
Código de Verificación: 83b69a-0
Pocuro
Providencia,
dos
mil
departamento
Santiago,
en
según se acreditará, de COPPER
pagina 2 de 6
BAY LIMITED, una compañía inglesa registrada en
Inglaterra y País de Gales bajo el número cero
siete tres nueve uno dos cinco cinco, Rol Único
Tributario para extranjeros número cincuenta y
nueve
millones
ciento
sesenta
y
nueve
mil
ochocientos noventa guión siete, domiciliada en
Kinnaird
House,
Uno
Pall
Malí
East
Londres,
Reino Unido y, para estos efectos en Marchant
Pereira
seiscientos
Providencia,
Región
constituyeron
una
cincuenta,
comuna
Metropolitana;
sociedad de
de
cruienes
responsabilidad
limitada, cuya razón social será MINERA PLAYA
VERDE
LIMITADA,
directamente
cuyo objeto será
o
por
intermedio
desarrollar,
de
terceros,
individualmente o en conjunto con otros, dentro
del territorio de Chile o en el extranjero, las
siguientes
toda
clase
actividades : a) la realización de
de
inversiones
y/onegocios
por
cuenta propia o de terceros, relativos a todo
tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles,
corporales
o
incorporales,
comercialización
y/o
su
explotación,
administración;
b)
la
obtención de beneficios en toda clase de bienes
muebles
e
inmuebles
por
medio
de
derechos,
acciones o participaciones en otras sociedades;
c) explorar, y explotar minerales por sí, o por
medio de terceros
en las concesiones
mineras
que fuere propietaria o detentare a cualquier
título; d) beneficiar
minerales
propios
o de
terceros o en cualquier forma de asociación con
Documento incorpora Firma
Electrónica Avanzada
Código de Verificación; 83b69a-0
pagina 3 de 6
terceros,
disponer,
tales minerales,
así
como
la
comercializar
y
vender
en bruto o ya beneficiados,
adquisición
y
constitución
concesiones mineras, marítimas, energéticas y
de
aguas
y,
en
general,
realizar
las
demás
actividades propias de la industria minera; y
e)
en
general,
actividad
que
realizar
se
indirectamente
cualquier
relacione
con
las
otra
directa
anteriores,
o
sin
perjuicio de los demás objetos que acuerden sus
socios. La sociedad tendrá su domicilio en la
ciudad
de
Santiago,
agencias,
sucursales
establecer
en
sin
y
otros
perjuicio
oficinas
lugares
del
de
que
las
pueda
país
o
del
extranjero. El capital social será la suma de
doscientos millones
de pesos, que los socios
aportarán y pagarán de la forma siguiente: Uno.
El socio COPPER BAY CHILE LIMITADA, la cantidad
de
ciento noventa
equivalentes
y ocho millones
de pesos,
a un noventa y nueve por ciento
del capital total, el que entera mediante el
aporte, cesión
acto
y transferencia en este mismo
del dominio de las pertenencias
mineras
indicadas en la escritura extractada, las que
se
avaluaron
doscientos
aporte,
millones
en
un
total
de
dos
millones
ochenta mil pesos; el saldo de su
ascendente
a
setecientos
ciento noventa
veinte
mil
y
cinco
pesos,
lo
enterará y pagará en dinero efectivo dentro del
plazo de dos años contados desde la fecha de la
Documento incorpora Firma
Electrónica Avanzada
Código de Verificación: 83b69a-0
pagina 4 de 6
presente
escritura,
a
sociales
lo
necesidades
medida
requieran.
socio COPPER BAY LIMITED,
millones
ciento
que
las
Dos.
la cantidad
El
de dos
de pesos, equivalentes a un uno por
del capital
total,
el que enterará y
pagará en dinero efectivo dentro del plazo de
dos años contados desde la fecha de la presente
escritura,
sociales
a
medida
lo
que
requieran.
las
La
necesidades
responsabilidad
personal de los socios queda limitada al monto
de sus respectivos aportes. La administración,
representación
y
corresponderán
al
LIMITADA,
quien
Directorio,
uso
de
la
socio
razón
BAY
CHILE
la ejercerá por medio
de un
compuesto
COPPER
social
por
cuatro
miembros,
todos los cuales serán designados por el socio
administrador. La Sociedad tendrá un plazo de
duración de cinco años a contar de la fecha de
esta escritura, renovable
en forma automática
por
sucesivos
períodos
indica
en
iguales
la
estipulaciones
Santiago,
19 de
y
respectiva
e
n
escritura.
escritura
octubre
según
de 2011.-
se
Demás
extractada.
Hay
firma
electrónica con fecha 19-10-2011.- El extracto
materia
de
la
presente
inscripción,
queda
agregado al final del bimestre de Comercio en
curso.
Documento incorpora Firma
Electrónica Avanzada
Código de Verificación: 83b69a-0
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Continuación de Notas Marginales
Designación Por escritura pública de fecha
19 de
octubre de 2011, otorgada en la notarla de
Samuel
Klecky Rapaport,
CHILE
el socio administrador, COPPER BAY
LIMITADA,
Directorio
de
designa
la sociedad
como
del
miembros
centro
a
del
las
siguientes personas: Markku Isohanni, Colín John
Hunter, Mihailo Nenadovich Vuletin y Wesley Clark
Newbold. Santiago,
Francisco
Documento incorpora Firma
Electrónica Avanzada
Código de Verificación: 83b69a-0
29 de diciembre
de 2011.
Barriga.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPÚBLICA DE CHILE
sábado, 22 de octubre de 2011
Núm. 40.Q92
E -138 Pag. 1 de 2
SECCIÓN SOCIEDADES
CONSTITUCIONES SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
409694
MINERA PLAYA VERDE LIMITADA.
ANA LUISA BIRKNER MOREIRA, Notario, Santiago, Suplente del Titular SAMUEL
KLECKY RAPAPORT, Dorsal 1763, Conchalí, CERTIFICA: Que por escritura pública fecha
hoy, ante mí, de cuyo texto extracto lo siguiente: comparecen don JUAN HERIBERTO
PASTEN CASTILLO , chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número cuatro
millones quinientos setenta y siete mil quinientos setenta y ocho guión K, domiciliado en
Camino El Tanguito, ex Parcela treinta, sitio diecisiete Calera de Tango, Región Metropolitana,
en representación, según se acreditará de COPPER BAY CHILE LIMITADA, persona jurídica
del género de su denominación, Rut número setenta y seis millones ciento setenta y un mil
sesenta y nueve guión nueve, domiciliad a, para estos efectos, en Marchant Pereira
seiscientos cincuenta, comuna de Providencia, Región Metropolitana ; y, don FRANCISCO
JAVIER SAAVEDRA GALLEGUILLOS
, chileno, casado, abogado, cédula nacional de
identidad número cuatro millones trescientos veinticinco mil cuatrocientos diez guión ocho,
domiciliado en Avenida Pocuro dos mil cuatrocientos veinticinco, departamento ochocientos
uno, Providencia, Santiago, en representación, según se acreditará, de COPPER BAY
LIMITED, una compañía inglesa registrada en Inglaterra y País de Gales bajo el número cero
siete tres nueve uno dos cinco cinco, Rol Único Tributario para extranjeros número cincuenta y
nueve millones ciento sesenta y nueve mil ochocientos noventa guión siete, domiciliada en
Kinnaird House, Uno Pall Malí East Londres, Reino Unido y, para estos efectos en Marchant
Pereira seiscientos cincuenta, comuna de Providencia, Región Metropolitana ; quienes
constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será MINERA
PLAYA VERDE LIMITADA , cuyo objeto será desarrollar, directamente o por intermedio de
terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el
extranjero, las siguientes actividades : a) la realización de toda clase de inversiones y/o
negocios p or cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles
o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b)
la obtención de beneficios en toda clase de bienes muebles e inmuebles por medio de
derechos, acciones o participaciones en otras sociedades; c) explorar, y explotar minerales por
sí, o por medio de terceros en las concesiones mineras que fuere propietaria o detentare a
cualquier título; d) beneficiar minerales propios o de tercer os o en cualquier forma de
asociación con terceros, disponer, comercializar y vender tales minerales, en bruto o ya
beneficiados, así como la adquisición y constitución concesiones mineras, marítimas,
energéticas y de aguas y, en general, realizar las demá s actividades propias de la industria
DIARIO OFICIAL
DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Núm. 40.092
sábado. 22 de octubre cíe 2011
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minera; y e) en general, realizar cualquier otra actividad que se relacione directa o
indirectamente con las anteriores, sin perjuicio de los demás objetos que acuerden sus socios.
La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias,
sucursales y oficinas que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. El capital
social será la suma de doscientos millones de pesos, que los socios aportarán y pagarán de la
forma siguí ente: Uno. El socio COPPER BAY CHILE LIMITADA, la cantidad de ciento noventa
y ocho millones de pesos, equivalentes a un noventa y nueve por ciento del capital total, el que
entera mediante el aporte, cesión y transferencia en este mismo acto del dominio d e las
pertenencias mineras indicadas en la escritura extractada, las que se avaluaron en un total de
dos millones doscientos ochenta mil pesos; el saldo de su aporte, ascendente a ciento noventa
y cinco millones setecientos veinte mil pesos, lo enterará y pagará en dinero efectivo dentro del
plazo de dos años contados desde la fecha de la presente escritura, a medida que las
necesidades sociales lo requieran. Dos. El socio COPPER BAY LIMITED , la cantidad de dos
millones de pesos, equivalentes a un uno por c iento del capital total, e! que enterará y pagará
en dinero efectivo dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de la presente
escritura, a medida que las necesidades sociales lo requieran. La responsabilidad personal de
los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La administración,
representación y uso de la razón social corresponderán al socio COPPER BAY CHILE
LIMITADA , quien la ejercerá por medio de un Directorio, compuesto por cuatro miembros,
o E
todos los cuales serán designad os por el socio administrador. La Sociedad tendrá un plazo de
duración de cinco años a contar de la fecha de esta escritura, renovable en forma automática
por períodos iguales y sucesivos según se indica en la respectiva escritura. Demás
?, §
estipulaciones e n escritura extractada. Santiago, 19 de octubre de 2011.
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ARCAD1S CHILE
Minera Playa Verde Ltda.
ANEXO B
PLANOS
4269-0000-MA-lNF-001_0
Consulta de pertinencia de ingreso al seia
Junio, 2014
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